Error grave de ministra

La señora ministra incurre en flagrante antinomia legal que, llegado el caso, debe ser resuelta en legal forma

Palabra de ministra: en relación con la Ley de Indulto, tuvo a bien espetar a un diputado, entre otras lindezas, lo siguiente: "Porque, mire, el artículo 1 señala que cualquier reo, repito, cualquier reo por cualquier delito puede ser indultado…". Observamos que la señora ministra se toma la libertad de anteponer al sustantivo "reo" un atributo, "cualquier", del que, muy atinadamente, no hizo uso el legislador. No ha lugar:

El dicho atributo ni siquiera aparece en el precepto que la misma invoca. Ello supone, a juicio del autor de esta "opinión", flagrante vulneración del principio "donde la ley no distingue no nos es dado distinguir". Además, la expresión "cualquier" que la ministra pretende atribuir a "reo" plantearía otras situaciones conflictivas: Un ejemplo:

A la luz del artículo 1 de la Ley (original) de Indulto, "Los reos de cualquier delito podrán ser indultados…". Eso sí: Con las… excepciones que la propia Ley establece y que la redacción del dicho precepto no impiden. Pero, de prosperar la modificación de la ministra (y copiamos literalmente) no solo… "los reos" (pueden ser indultado), sino que "cualquier reo…/puede ser indultado". Obviamente, si la Ley contiene excepciones, la posibilidad de que se le aplique a "cualquier reo" se va al garete, por imposible. En todo caso, no podemos compartir la opinión de la ministra: Según el dle.rae, el vocablo "cualquier" -acepción 2- "Expresa la totalidad…". Ello supuesto, y al amparo del artículo 1 de la invocada Ley de Indulto -versión de la señora ministra- resulta obvio que quienes "pueden ser indultados" son "la totalidad de reos" (= cualquier reo). No puede prosperar el criterio:

Todos los indultados tienen la condición de "reos". Pero no todos los "reos" pueden ser indultados, como reconoció en su intervención la propia ministra. Además, en el supuesto de que prosperase la expresión "cualquier reo" propugnada por la ministra, ello supondría antinomia legal con el número 2, que establece" "excepciones" y, en consecuencia, se contradice con la expresión "cualquier reo", equivalente a "todo reo".

En consecuencia, resulta obvio que la señora ministra incurre en flagrante antinomia legal que, llegado el caso, debe ser resuelta en legal forma: Con riguroso sometimiento a los principios "pro reo" y "favoralia sunt". Y no en base a los intereses políticos de turno.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios