Las tendillas

Ramiro García Vila

Una sentencia polémica

NUNCA faltan noticias. Casi siempre, pésimas. La Justicia no es una excepción. No se libra de la crítica. Pero la Justicia no es un personaje más, de los que, previo paso por taquilla, se prestan a cotillear en público sobre lo que a nadie con un mínimo de madurez le importa un bledo. No señor: es algo mucho más serio e importante. Porque del uso que de la misma se haga depende toda la convivencia de los terrícolas: nuestra vida, hacienda, trabajo, futuro, libertad… Todo. La regulación de todo este entramado no precisa de iluminadas decisiones ni de normas que los mortales no entendemos. Sólo reclama una característica: normalidad. Y, cuando la aplicación de Ley se opone a la cordura, inexorablemente deviene en injusta, por muy legal que resulte su aplicación.

Durante estos días, en los corrillos populares, los mentideros políticos, las charlas de taberna y también en el ámbito familiar, es de actualidad una sentencia mediante la cual el juzgador condenó a una madre que propinó "un bofetón" a su hijo de 10 años, porque le tiró una… zapatilla. La pena impuesta: 45 días de prisión (posiblemente 67 si los hados no lo remedian). Y tendrá que permanecer sin acercarse a su retoño durante dieciocho meses.

Ellos (el legislador, el juzgador, los juristas…) sabrán lo que hacen. Y entenderán de esta sentencia. Pero, si los demás mortales no lo comprendemos, malo. Porque de una sentencia judicial debe poder predicarse lo mismo que de la mujer del César: no sólo ha de ser justa, sino que ha de parecerlo.

En la sentencia objeto de análisis no concurre tal circunstancia. Más bien se da la contraria. Porque contiene aspectos que los mortales no acertamos a comprender. Por ejemplo:

No comprendemos que sea circunstancia agravante de la responsabilidad (?) penal el hecho de que los malos tratos se hayan producido en el domicilio familiar. ¿Sería, acaso, menos traumático el mal trato si se hubiera producido en la vía pública, en la que el menor sufriría, además del "bofetón", el duro impacto de la humillación, que es más dañina?.

El derecho sancionador, entre otras, tiene la finalidad de proteger a las víctimas. No de perjudicarlas. Pero nosotros los terrícolas, los mortales, los legos que en el mundo habemus, mucho nos tememos que, en el supuesto objeto de crítica, la sentencia podrá ser muy conforme con la ley. Pero es funesta para los supremos intereses de la víctima, un menor de 10 años y sordomudo, al que se le priva de la madre que necesita y que nadie puede sustituir, y al que, en adelante, ya nadie se atreverá ni a toserle. Con lo cual, queda expedito el camino para que el niño siga tirando… zapatillas, que por algo se empieza. Ni que fuéramos gilipollas.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios