Córdoba CF

Un nuevo ingrediente a la lucha abierta por el control del Córdoba CF

  • Las acciones, pignoradas, están a nombre de Azaveco tras el impago de León del pasado 31 de julio

  • Un juez tendrá que decidir sobre la situación en caso de demanda, al no haber resolución expresa

Jesús León, a la derecha, en el palco de El Arcángel durante el partido ante el Recreativo Granada.

Jesús León, a la derecha, en el palco de El Arcángel durante el partido ante el Recreativo Granada. / Álex Gallegos

La guerra, ahora en aparente tregua, que mantienen Jesús León (Aglomerados Córdoba) y Carlos González (Azaveco) por el control de la sociedad sigue sumando elementos que aventuran una solución difícil... si no es en el juzgado. El incumplimiento del último pago, de 4,5 millones, del proceso de compraventa por parte del montoreño el 31 de julio abrió una puerta para el regreso del tinerfeño, que ya hace semanas advirtió que había iniciado los procedimientos judiciales a tal efecto y que probablemente tomen forma en unos días, tras finalizar un agosto inhábil.

Según ha explicado la consejera Magdalena Entrenas, "las acciones están a nombre de Azaveco" desde el momento en el que se produjo el impago porque "están pignoradas, es decir, que los derechos políticos de las acciones desde que el requerimiento de pago se ha hecho y no se ha pagado son del señor González". Pero pudiendo parecer que eso abre una resolución clara, para nada es así. Al menos hasta que no haya resolución judicial, que se dibuja como el siguiente capítulo en toda esta historia.

¿Por qué? Pues porque aunque "la escritura regula la pignoración de las acciones y una condición resolutoria expresa en caso de impago", sólo el primer paso está recogido en el Registro Mercantil. Entrenas arguyó que en julio de 2018, cuando medió para cumplimentar ese segundo pago, se llevó a cabo una novación de las escrituras de compraventa que recogía tal obligación, además de la pérdida del dinero ya entregado por León.

"Azaveco obligó a Aglomerados a hacer una modificación de estatutos de la SAD e inscribirla en el Registro. Y se hizo, aunque el registrador no inscribió la condición resolutoria expresa, con buen criterio, porque dijo que si la otra parte no estaba lo tendrían que discutir ambos en un juzgado. Pero la pignoración sí está registrada y reflejada en el libro de accionistas", explicó la letrada.

Condiciones de la novación de las escrituras

Por cierto, que al hilo, Magdalena Entrenas admitió que tiene en su poder, como "depositaria", un libro que ya ha sido requerido por vía notarial tanto por el consejo de administración del club -ya lo había hecho días antes, en su periodo vacacional- como por Azaveco. Ambos tendrán en los próximos días respuesta, negativa.

"Como soy la custodia, lo voy a mantener hasta que un juez me lo pida. Y me voy a arriesgar a que me pongan las querellas que me quieran poner. Tengo mis sospechas y como en el libro va mucho, de momento lo voy a tener hasta que me cesen como consejera en una junta. Se lo entregaré al registrador o al juez que me lo pida, pero ni va a desaparecer ni va a tener más tachaduras de las que yo le haga", ha sentenciado la consejera.

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