Tribunales

La Audiencia condena a 29 años de prisión al acusado del crimen de Cabra

  • El organismo público reafirma la pena de 25 años por asesinato y cuatro más por lesiones a la joven que acompañaba a la víctima

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Ciudad de la Justicia de Córdoba. / Juan Ayala

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a 29 años de prisión al único acusado del crimen de Cabra, declarado culpable la pasada semana por un jurado popular. La pena recoge 25 años de cárcel por un delito de asesinato y cuatro más por otro de lesiones a la joven que acompañaba a la víctima en el momento del incidente, ocurrido la madrugada del 20 de septiembre de 2019 en la Ciudad de los Niños de Cabra.

La pena fijada recoge, además, el pago de unas indemnizaciones por valor de 222.900 euros, de los que 100.000 son en favor del madre de la víctima, 70.000 para el padre y 50.000 para la hermana, todos por el daño moral sufrido, mientras que 2.000 son para la joven también agredida por las lesiones padecidas, y 900 por las secuelas de las mismas. Del mismo modo, recoge que el tiempo que el acusado ha estado ya en prisión preventiva por esta causa computa al condenado sobre la sentencia, que recoge los agravantes de ensañamiento y alevosía, tal y como ya consideró probados el jurado.

El fallo recoge probados los hechos que "sobre las 2:45 del día 20 de septiembre de 2019", las víctimas "se hallaban en el interior de la parte trasera del vehículo Ford Focus de color azul oscuro, propiedad de la madre de la indicada joven" en la Ciudad de los Niños de Cabra, encontrándose "ambos desnudos y abandonados a sus deseos sexuales", permaneciendo la mujer "subida encima del joven".

Así las cosas, el acusado, de 21 años de edad y nacido en Honduras, que "por motivos no concretados sabía dónde se hallaba en ese momento" la víctima, "se dirigió en su coche, también de la marca Ford Focus, hacia el indicado lugar, aparcándolo en las inmediaciones". Así, "serían entonces las 03:00 cuando se aproximó a la puerta trasera derecha y los observó a través del cristal", hasta que los jóvenes "se percataron, asustándose, de que estaban siendo vigilados por alguien desde fuera".

Tras pasar el joven al asiento delantero, el acusado abrió la puerta trasera del coche y "agarró del pelo" a la chica "para tratar de sacarla del vehículo", lo que dio origen a un forcejeo entre los dos hombres, instante en el que el acusado "con un cuchillo de grandes dimensiones, comenzó a lanzar cuchilladas hacia los dos", alcanzando una de ellas a los jóvenes.

En un nuevo forcejeo ya fuera del vehículo de los dos hombres, con la joven "horrorizada", la víctima, indefensa y casi desnuda, "trataba de esquivar como podía los golpes de cuchillo, sin evitar que algunos impactaran sobre su cuerpo" hasta que consiguió huir, si bien el acusado "le dio alcance". Entonces, "guiado por el ánimo de acabar con su vida, con el cuchillo que blandía le propinó por la zona del cuello, brazos, esternón, abdomen y tórax hasta un total de 18 puñaladas, asestándolas con tal fuerza y brutalidad queen ocasiones llegó incluso a clavarle toda la hoja del cuchillo hasta el mango, seccionándole así varias costillas, lo que le provocó la muerte inmediata".

Según recoge la sentencia, "el cuchillo no sólo era portado por el acusado con ese claro propósito de acabar con la vida" del joven, "sino con la idea de asegurar su objetivo evitando cualquier riesgo personal derivado de la reacción defensiva que éste pudiese emprender, siendo consciente de que por lo repentino del ataque y por la letalidad del arma, a tenor de sus dimensiones y de su afilada hoja", ni siquiera la joven "iba a poder auxiliar" a su compañero "ni evitar las consecuencias del acometimiento".

Así las cosas, "tras propinarle las primeras cuchilladas, el acusado persiguió en su huida a la víctima, ya malherida, dándole alcance hasta tenerlo a su merced para culminar un total de 18 puñaladas, con la añadida intención de aumentar inhumanamente su dolor, haciéndole sufrir sin necesidad en el proceso de producción de la muerte".

Los hechos probados insisten en que "a consecuencia de los golpes que el acusado propinaba indiscriminadamente con el cuchillo dentro del coche" cuando el joven trataba de que soltase a la chica, la joven también "resultó con lesiones que, según informe Médico Forense, consistieron en herida incisa en mano izquierda, que precisaron para su sanidad de tratamiento médico, el cual consistió en puntos de sutura así como tratamiento psicológico por el estado de ansiedad subsiguiente". Dichas lesiones tardaron en curar "40 días, 30 de ellos de perjuicio personal básico, y 10 días de pérdida temporal de la calidad de vida moderada, quedándole como secuelas trastorno de estrés postraumático y cicatriz angular a nivel del quinto metacarpiano de mano derecha, de 5 centímetros".

El jurado ya declaró probado que fue el acusado "el único causante" de la muerte del joven y de las lesiones de su acompañante, no dando validez a "la ininteligible, ridícula y estrafalaria versión ofrecida a modo de coartada" y sí a la de la joven, no solo por "su condición de simple testigo", sino también por la "de testigo-víctima".

Además, se apoya en la huella dactilar dejada en el vehículo, los restos de ADN del fallecido en la lengüeta de la zapatilla derecha del acusado, las búsquedas realizadas desde su móvil sobre "penas de prisión por homicidio con arma blanca" o de vuelos de Málaga a Honduras, pues no hay que olvidar que su detención se produjo en el aeropuerto malagueño, o sus propias manifestaciones de vuelta a Cabra tras ser detenido refrendadas por agentes de la Policía: "no sabía como podía haberlo hecho", "que se le fue la cabeza", y que "no recordaba exactamente lo que hizo".

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