Córdoba

Educación recomienda celebrar las procesiones fuera del horario lectivo

  • La Junta publica unas instrucciones en las que plantea que los cortejos infantiles se enmarquen en la asignatura de Religión

La Delegación de Educación ha publicado unas instrucciones relativas a las organización de procesiones de Semana Santa en los colegios en las que recomienda que los cortejos cofrades infantiles se programen como actividad extraescolar, es decir, que se realicen fuera del horario lectivo y con carácter voluntario para su alumnado. Para la responsable del área, Manuela Gómez, ésta es la opción que "se valora como la más respetuosa" por parte de la Delegación de Educación.

La Junta ha hecho públicas estas normas debido a la celebración de este tipo de actos en los colegios, tanto de carácter público como concertados, durante la Cuaresma y que suscitan críticas de algunas familias que no están de acuerdo con ellas, así como la de diferentes colectivos y organizaciones sociales. La festividad del Viernes de Dolores es la jornada elegida por la mayoría de los centros educativos para celebrar este tipo de actividades con su alumnado -sobre todo los de Educación Infantil y Primaria- y  que sirve como antesala a las vacaciones de Semana Santa.

Junto a esta primera opción, la Delegación de Educación también señala que en los colegios que pertenecen a la red pública las procesiones, al igual que cualquier otra actividad escolar que se lleve a cabo, "deben estar en consonancia y justificadas con los valores, objetivos y las prioridades de actuación que el centro tiene aprobados en el proyecto educativo" y, además, "deben respetar la organización estructural y funcional del centro". Otro requisito a cumplir por los colegios que organicen una procesión en Cuaresma es que la actividad "debe tener la debida conexión con las otras áreas curriculares" y contar con la aprobación del consejo escolar.

El texto, al que ha tenido acceso El Día, también deja claro que  en el caso de que un cortejo procesional se programe como una actividad complementaria -organizada en horario escolar, de acuerdo con su proyecto curricular y que "tiene un carácter diferenciado de las propiamente lectivas por el momento, espacios o recursos que utilizan"-, ésta se tiene que incluir en la programación de la asignatura de Religión. Por ello, continúa el documento, los alumnos que pueden participar en ella son los que cursen esta materia, aunque también da la posibilidad de participar a otros escolares que, aunque no reciban estas clases, cuenten con la aprobación por parte de sus familias.

La instrucción también deja clara que la preparación de la procesión ha de estar "circunscrita en exclusiva" al área de Religión y que ha de respetar "la planificación y el funcionamiento ordinario del centro y el desarrollo de todas las demás áreas del currículum". Además, su organización tampoco se puede llevar a cabo fuera del horario de la clase de Religión.

Educación justifica esta norma porque es necesario "elaborar una instrucción que permita respetar el derecho de todos los posibles agentes implicados en los centros educativos ya que, en muchos casos, el desarrollo de esta actividad afecta al normal desarrollo de la actividad lectiva de los centros". También argumenta que estas actividades tienen una "significativa confesionalidad con una determinada fe religiosa", por lo que con su celebración "se podría estar poniendo en cuestión la obligada neutralidad de los poderes públicos" y, además, "pudiera violentar el sagrario íntimo de creencias del no creyente y del perteneciente a otra confesión, a la vez que le pudiera coaccionar en su libertad de hacer".

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