Córdoba

Condenado a 27 años de cárcel por abusar de las dos hijas de su pareja

  • La Audiencia concluye que un individuo sometió a continuos tocamientos y agresiones sexuales a dos menores aprovechándose del noviazgo con su madre

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a 27 años de prisión a un individuo que agredió sexualmente durante un lustro a las dos hijas de su compañera sentimental, menores de edad. El tribunal considera probado que el encartado empezó en 2000 una relación sentimental con la madre de las víctimas, que en aquel momento contaban 7 y 10 años. Prácticamente desde el inicio del noviazgo y hasta 2006, señala la sentencia que el procesado las sometió, primero a tocamientos, y luego a diferentes prácticas sexuales.

La resolución destaca que el condenado se "aprovechaba" de la corta edad de las niñas, al tiempo que les prometía regalos y las amenazaba continuamente con "matarlas" y acabar con la vida de su madre si decían lo que ocurría. En este ambiente "de continua intimidación y miedo", las menores quedaron sometidas por "el terror que les infundía" el procesado.

En una ocasión y a preguntas de una de las víctimas sobre lo que haría si contaba lo que ocurría, el acusado, sin pronunciar palabra, se dirigió a la cocina, cogió un cuchillo y le manifestó que estaba dispuesto a matarla a ella, a su hermana y por último a su madre. Esto provocó "una intensa angustia a la menor". El tribunal lo condena a dos delitos continuados de agresión sexual, por los que deberá pasar 27 años en prisión.

La sentencia se basa únicamente en el testimonio de las víctimas para condenar al individuo, pues el tribunal concluye que durante el juicio no apreció "móviles bastardos o de venganza". Todo lo contrario: ambas refirieron "y con gran contundencia" que se llevaban "bien" con la pareja de su madre, e incluso afirmaron que "no era mala persona". La sala "no alberga duda" acerca de lo narrado por la hermana mayor -que ya había cumplido los 18 cuando se celebró el juicio-, pues su declaración fue "plenamente coherente y sostenida en el tiempo y sin presentar fisuras, más allá de los lógicos titubeos e imprecisiones que imponen el tiempo y el sufrimiento".

La pareja residió primero en una localidad del Levante español, donde la sentencia considera probado que el encartado comenzó a someter a las niñas a tocamientos en el pecho y en los genitales. La sentencia destaca que el relato de las niñas es "totalmente congruente" y narra "con todo lujo de detalles" que, tras intentar penetrarlas sin conseguirlo, el acusado las sometía, siempre por separado, a otras prácticas sexuales.

Aunque la sala afirma que en un principio "no se empleaba una verdadera intimidación", la corta edad de las víctimas y su "vulnerabilidad" derivada de que la madre las dejaba solas o dormía bajo los efectos de fármacos, situaba a las niñas en un estado de "total desprotección". Las hermanas quedaban sumidas en un "estado permanente de terror y, por ello, de fuerte intimidación", lo que impedía a ambas cualquier reacción "y un total sometimiento a la voluntad libidinosa del sujeto". El tribunal, además, concluye que las agresiones no fueron hechos aislados, sino "continuados" en el tiempo, lo que supone un aumento de la condena.

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