Condena de cuatro años de cárcel por el derrumbe de Palomares

La sentencia culpa de la muerte de la pareja al constructor y, en menor grado, al conductor de la pala

Las seis personas procesadas, el 19 de noviembre en el banquillo de los acusados.
Las seis personas procesadas, el 19 de noviembre en el banquillo de los acusados.

El Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado a cuatro años de prisión a A. G. C., socio de la constructora y máximo encargado de la obra de la calle Muro de la Misericordia que el 21 de febrero de 2007 provocó el derrumbe de una vivienda colindante, un suceso en el que falleció un matrimonio. La sentencia lo considera responsable de dos delitos de homicidio por imprudencia, otros dos de lesiones, un delito contra la seguridad de los trabajadores y otro de daños. La resolución condena también, aunque en grado menor, al operario de la retroexcavadora que abrió la zanja que hizo que la casa se cayera. El trabajador tendrá que pagar una multa de 900 euros por cuatro faltas de imprudencia leve: dos con resultado de muerte y dos de lesiones. La juez, por último, absuelve a los otros cuatro procesados: el arquitecto, el aparejador, el promotor y el segundo socio de la constructora.

La sentencia considera probado que el principal procesado, por delegación de la empresa, "contaba con plenas facultades para dar órdenes sobre la ejecución de la obra y era el máximo responsable de las medidas de seguridad y de los trabajadores". En el solar se levantaba un edificio de diez viviendas, 11 plazas de garaje y ocho trasteros.

El 18 de enero de 2007, el arquitecto hizo constar "expresamente" en el libro de órdenes, siguiendo lo que ya se contemplaba en el proyecto, "indicaciones precisas sobre el modo de realizar la excavación en la zona lindante con el muro, a través de la técnica constructiva de bataches". Consistía en abrir pequeñas zanjas y asegurarlas con hormigón para evitar que los cimientos de la casa colindante, en la calle Palomares, quedaran al aire.

Para estos trabajos, la constructora contrató una máquina retroexcavadora con un conductor -el segundo condenado- y camiones para sacar la tierra de la obra. Estos movimientos comenzaron el 5 de febrero. La sentencia determina que las primeras labores de excavación en el muro perimetral se hicieron según la técnica de bataches, como ordenaba la dirección facultativa. No ocurrió así con la otra mitad del muro perimetral, sino que se abrió una zanja de 12 metros de largo y tres de profundidad que dejó al descubierto los cimientos de la vivienda colindante. Estos trabajos tuvieron lugar a lo largo del 20 de febrero.

A media tarde, el capataz -que no ha sido procesado-, al ver las dimensiones del agujero, mandó parar la máquina excavadora, pero A. G. C. ordenó seguir con los trabajos "pese a conocer el riesgo que entrañaba para los trabajadores que estaban dentro" y a pesar de que sabía que "contravenía lo ordenado por la dirección facultativa". El encartado, no obstante, decidió "no avisar a los técnicos para que le dieran instrucciones sobre cómo asegurar el muro u otras medidas de seguridad ante un posible derrumbe", como al final ocurrió. La sentencia insiste en que A. G. C. conocía "no sólo por su dilatada experiencia en la construcción", sino porque "contravenía las órdenes" técnicas, que la zanja "entrañaba un evidente peligro de desplome para el muro de la finca colindante, pues sus cimientos habían quedado desprotegidos".

Así estuvieron toda la noche. Sobre las 08:00 del día 21, la cuadrilla se incorporó al tajo. El palista encendió la máquina y, a los pocos minutos, se derrumbó el muro de la parte posterior del inmueble de la calle Palomares, 4, una vivienda de vecinos. Los muros de carga cedieron y sepultaron a un matrimonio -que perdió la vida- y a su hijo, de 12 años, que pudo ser sacado con vida de entre los escombros.

La juez achaca al operario de la máquina que a pesar de su "dilatada experiencia" de dos décadas en el sector no adoptó "por comodidad" ninguna medida de precaución pese a "ser visible" que no se había seguido el sistema de bataches, que sí se habían ejecutado en la otra parte del muro. Según la sentencia, "omitió las más elementales cautelas y se dejó llevar hasta ejecutar con la máquina de su empresa una zanja de tales dimensiones que dejaba ver con claridad que la cimentación del muro colindante había quedado sin amparo".

stats