Tribunales

CSIF recurre la sentencia que condena a los dos profesores por la muerte de un alumno en los Baños de Popea

  • Los servicios jurídicos del sindicato consideran que los docentes "prestaron la atención y la vigilancia debida" al menor

Un momento del juicio.

Un momento del juicio. / E. P.

La Asesoría Jurídica de CSIF ha presentado un recurso de apelación a la Audiencia Provincial contra la sentencia dictada por el Juzgado de los Penal número 4 de Córdoba en la que se condena a dos profesores del instituto Colonial de Fuente Palmera por homicidio imprudente tras el fallecimiento de un alumno en una excursión a los Baños de Popea en mayo de 2018. La magistrada ha impuesto a cada docente una multa de 3.600 euros, así como el abono de una indemnización de 120.000 euros a la familia del menor fallecido. El sindicato ha acompañado y defendido jurídicamente a uno de los docentes en todo este proceso.

Los servicios jurídicos de CSIF Córdoba aseguran en el recurso presentado que “los profesores prestaron la atención y la vigilancia debida […] y solo un desgraciado accidente inevitable, como quedó acreditado por las declaraciones testificales, produjo un fatal desenlace”.

Por este motivo, se solicita la revocación de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba y la consiguiente absolución del docente condenado que está siendo representado legalmente por el sindicato, aunque, por los mismos argumentos, CSIF considera que la otra profesora procesada también debería ser absuelta.

CSIF, que lamenta el fallecimiento del menor, recuerda que desde hace tres años cuando ocurrieron los hechos ha mostrado su solidaridad y apoyo a los profesores encausados. Un apoyo que ya han prestado en las últimas semanas diversas organizaciones sindicales y docentes de Córdoba.

La responsable del Sector de Educación de CSIF Córdoba, Elena García, reclama un mayor respaldo de la Administración al colectivo docente “ante la situación de desamparo e inquietud que ha generado entre el profesorado esta sentencia”.

Desde CSIF se pide a la Consejería de Educación y Deporte amparo y seguridad jurídica para los docentes cuando se desarrollan las actividades extraescolares y complementarias, “que tienen una gran importancia en la formación del alumnado, pero que tienen inherentes unos riesgos”.

“Asimismo, consideramos que es necesaria una nueva normativa que aporte una mayor protección y seguridad al profesorado y al alumnado cuando tengan lugar estas actividades, incluyendo la dotación de mayores recursos humanos y materiales”, añade.

Los hechos

El 16 de octubre de 2017, el consejo escolar del instituto de la Colonia aprobó la programación anual de actividades extraescolares prevista para el curso, entre las que se incluía una excursión con espeleología a Los Villares y los Baños de Popea para los alumnos de segundo de Educación Secundaria a realizar en el mes de mayo. Dicha actividad extraescolar precisaba de autorización paterna, en la cual se informaba a las familias de los pormenores de la misma para prestar el consentimiento.

l suceso se produjo el 29 de mayo de 2018. Por la mañana, los 34 menores de segundo de Secundaria se desplazaron en autobús hacia la zona de Los Villares para realizar la actividad de orientación y contacto con la naturaleza, acompañados por los acusados, profesores de Educación Física. Entre las 14:00 y las 14:30, el autobús los llevó a un camino de tierra que conecta los Arenales con Trassierra y, desde allí, estuvieron andando unos 300 metros hasta llegar a la denominada Cueva de Fato en el valle del río Guadiato, donde los esperaban los ayudantes de una empresa de aventuras para realizar la actividad de espeleología, quienes lesentregaron el material para realizar la actividad.

De allí bajaron por un sendero empinado y abrupto hasta la orilla del río, junto a la cueva. Los cinco monitores que acompañaban a los menores al interior de la cueva les ayudaron a colocarse la equipación consistente en neopreno, chaquetilla, casco con luz frontal y arnés. Seguidamente, dividieron a los menores en dos grupos, de manera que mientras un grupo de 17 niños, entre los que se encontraba el fallecido, realizaba la espeleología, el otro compuesto por 16 niños esperaba en una especie de remanso del río a unos 10 ó 15 metros de la salida de las cuevas.

Sobre las 14:45 y las 15:00, el primer grupo se dirigió al interior de la cueva, acompañado de cinco ayudantes y el acusado. El resto estuvieron bajo la supervisión de la otra procesada. Los menores que hacían la actividad de espeleología en el primer grupo tenían que salir nadando a río abierto en cuya zona de salida había un ayudante de la empresa organizadora que los guiaba. La víctima emprendió el nado sinproblema, supervisado por un monitor.

Finalizada la actividad por parte del primer grupo, sin concretarse hora pero sobre las 17:15 o 17:30, el personal de la empresa ayudó a los 17 menores primeros a despojarse de la equipación de espeleología dado que era necesario para el segundo grupo.

El procesado ya no supervisó a ese grupo que entraba posteriormente, quedándose con la otra docente en la orilla del río Guadiato mientras los que ya habían realizado la actividad tenían tiempo libre para comer, descansar en la orilla o bañarse. Sobre las 18:00, un grupo de cinco alumnos, dado que el baño era opcional, y entre los que iba el fallecido, decidió ir nadando hacia lo que llamaron “cascadas”, esto es, pequeño salto de agua hacia dentro del río, para lo que debían atravesar una zona más profunda donde no hacían pie.

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