Córdoba

El Ayuntamiento declara el Pocito como espacio de titularidad municipal

  • Los servicios técnicos desestiman el recurso del Cabildo al considerar que no aporta "título suficiente" sobre la propiedad e indican que por la zona "habría discurrido un camino público".

La Junta de Gobierno Local declaró ayer la plaza de la Fuensanta, más conocida como del Pocito, como un espacio de titularidad municipal, desestimando a su vez las alegaciones presentadas por el Cabildo Catedralicio en relación al expediente de investigación de la titularidad de los espacios libres existentes entre las construcciones destinadas a uso religioso, vivienda y almacén que hay en dicha zona. Este informe, que se inició con el anterior gobierno municipal, ya cuenta con unas conclusiones y ahora el Ayuntamiento las trasladará a la asesoría jurídica municipal para que se pueda inscribir en el Registro de la Propiedad, como también se notificará a las partes implicadas, es decir, al Cabildo.

El teniente de alcalde de Seguridad y Vía Pública, Emilio Aumente, indicó que la plaza ocupa una superficie de 2.111,77 metros cuadrados y el espacio del Pocito 76 metros cuadrados. Esta será la primera de una serie de acciones que el Ayuntamiento llevará a cabo para "defender todo espacio público inmatriculado". Aumente apuntó que "no sabemos el Cabildo qué va a hacer, pero hemos puesto en marcha la recuperación importante de este espacio público que es del pueblo, como otros que ellos han inscrito en el Registro".

El teniente de alcalde de Vía Pública entiende que "esto no va a ser pacífico así porque sí" e intuye que el Cabildo seguirá luchando por este espacio. Lo conveniente sería "llegar a algún tipo de acuerdo para que haya una relación pacífica" entre Cabildo y Ayuntamiento pero "si ellos judicializan el tema, tendremos que defendernos con nuestras armas ante los tribunales".

Una vez concluida la tramitación del expediente de investigación puesto en marcha por el anterior gobierno municipal, el Cabildo presentó unas alegaciones en las que, como adelantó El Día, reivindicaba que las construcciones en conflicto se encuentran en los terrenos de lo que fue la Huerta Albacete y que existe una inscripción en dos lápidas colocadas en el altar en 1641 en la que se recuerda el hallazgo de la imagen de la Fuensanta en el hueco de una higuera cerca de la fuentes que llaman Santa, en el año 1420. Según la inscripción, en este terreno heredado, se construyó el santuario.Así, el Cabildo manifestó que la referida huerta está considerada como un bien eclesiástico en documento catastral hacendístico de 1754 (catastro del Marqués de la Ensenada), tal y como informó la responsable del Archivo Municipal. Por otra parte, en sus alegaciones manifestaba su disposición a "cualquier acuerdo sobre la situación jurídica de este espacio, siempre que se preserve el carácter religioso del santuario y de la capilla del Pocito", pero manteniendo que los terrenos en cuestión pertenecen al Cabildo, así como la legalidad de la inscripción realizada. Además, los documentos añadían que el hecho de que la zona esté calificada en el planeamiento general como "parques y jardines", esto no produce la transmisión de la propiedad de pleno derecho.

Tras analizar las cuestiones presentadas por el órgano catedralicio, el instructor del expediente indica que todos esos aspectos se han analizado en el informe propuesta, que señalaba "que no se aporta título o indicio suficiente de su titularidad y extensión concreta", si bien en los informes obrantes del expedientes sí se hace mención expresa a la existencia de la Huerta de Albacete. Se aportó material bibliográfico donde se mace mención a la edificación del templo dedicado a Nuestra Señora de la Fuensanta en dicho terreno, "pero sin aportar nada más al respecto y especialmente de la zona frente al santuario". Por otra parte, el instructor resalta que la inscripción de las lápidas del altar no tienen "mayor valor probatorio que el analizado en el informe de referencia". Lo que el Cabildo ha aportado es "un medio para acceder al Registro, pero en ningún caso puede considerarse un medio de adquisición de la propiedad".

Por otra parte, "obra en el expediente suficiente documentación para aseverar que por la zona habría discurrido un camino público y por lo tanto se vería afectado por el conjunto de protecciones que la legislación en vigor otorga a esta tipología de bienes, es decir, la inalienabilidad, imprescriptibilidad y la inembargabilidad". También se justifica mediante jurisprudencia en el informe emitido, según explica el instructor, "incluso la posibilidad que existe de encontrarnos ante un camino de uso público en una finca o terreno privado, lo que no alteraría su carácter de dominio público local". Esta vía aparecería en la última ordenanza de caminos municipales aprobada en 1884.

Posteriormente, una vez desarrollado el entramado urbano, fue calificado por el planeamiento como dominio público y "el Ayuntamiento de Córdoba ha ejercido todas las facultades dominicales sobre la zona, utilizándolo sin limitación alguna y sin necesidad de autorización del Cabildo, dotándolo y sufragando los gastos de alumbrado público, evacuación de aguas, reformas urbanísticas y cualesquiera otros propios de una plaza de uso público".

Por su parte, el viceportavoz del PP en el Ayuntamiento, José María Bellido, consideró positivo para la ciudad que la Junta de Gobierno Local haya culminado el trabajo iniciado por el anterior equipo de gobierno para declarar pública la plaza de la Fuensanta. Bellido resaltó que "en esta ocasión los actuales responsables municipales han aprovechado el trabajo anterior para culminar un proceso que beneficia a la ciudad, un forma de proceder que deberían aplicar a otros asuntos para evitar perjuicios a la ciudad".

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