Caso de los ere

Anticorrupción pide que se cite como "investigados" a los ex presidentes Chaves y Griñán

  • El juez Álvaro Martín resolverá sobre la petición cuando reciba una documentación solicitada por la propia Fiscalía.

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al juez Álvaro Martín, que instruye la pieza por el denominado “procedimiento específico” por el que se concedían las ayudas que cite a declarar como investigados (antes imputados) a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, una petición a la que el juez ha respondido que resolverá cuando reciba una documentación que ha solicitado precisamente el Ministerio Público.

 

La Fiscalía Anticorrupción presentó el pasado 25 de enero un escrito al juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, al que planteaba que resulta “necesario” oír en declaración en calidad de investigados a aquellas personas que no habían declarado hasta que se dictó el auto de 17 de noviembre de 2015, en el que la titular del juzgado, María Núñez Bolaños, decidió abrir la pieza separada del procedimiento específico de los ERE.

 

En su escrito, el fiscal pide que se cite tanto a los ex presidentes Chaves y Griñán, como a los ex consejeros José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila y Gaspar Zarrías.

El juez Álvaro Martín ha dictado un auto, con fecha 27 de enero pasado, en el que acuerda que una vez aportada una serie de documentación que está pendiente –y que había solicitado la propia Fiscalía Anticorrupción-, “se resolverá sobre las citaciones solicitadas conforme a Derecho”.

 

Entre la documentación que falta por incorporar al sumario, el juez ha pedido a la Intervención General de la Junta que facilite  las personas que participaron en los trabajos y elaboración de los informes de Control Financiero Permanente de IFA/IDEA en el periodo 2001-2012, detallando funciones desarrolladas por los mismos en cada ejercicio. También ha pedido que identifique a las personas que participaron en la elaboración por la Intervención de las memorias relacionadas con los acuerdos del Consejo de Gobierno en materia de Control Financiero Permanente de los ejercicios 2004 a 2007.

En octubre de 2015, el Tribunal Supremo, que inicialmente investigó a los ex presidentes y a otros aforados por el caso de los ERE, decidió devolver la causa al juzgado de Sevilla, una vez que todos los aforados habían dejado de contar con este privilegio al renunciar a sus actas de diputados y senadores.

Un año antes, en concreto el 13 de noviembre de 2014, el Supremo declaró en un auto su competencia para la instrucción del caso respecto de los entonces aforados: los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y los ex consejeros José Antonio Viera, Gaspar Zarrías y Mar Moreno, aunque sobre esta última se dictó posteriormente auto de sobreseimiento. 

Chaves, Griñán y Zarrías renunciaron a sus escaños en las Cortes antes que José Antonio Viera. El caso fue remitido al Supremo por la juez Mercedes Alaya en agosto de 2014.

Antes de que el Supremo decidiera devolver el caso al juzgado de Sevilla, el magistrado que instruyó la causa, Alberto Jorge Barreiro, reprochó a los aforados que habían sido ellos mismos los que impidieron que continuara el proceso y se resolvieran los recursos pendientes, al “abandonar en marcha el tren de esta instrucción para subirse a otro ajeno a la competencia del instructor”.

El magistrado recordaba que la reciente renuncia del ex diputado del grupo mixto José Antonio Viera –antes del PSOE-, obligaba a devolver la instrucción al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, y destacaba que se trata de una “opción procesal que no todos los justiciables tienen”, la de poder elegir entre ser investigados por el Supremo o por el juzgado de Instrucción de Sevilla.

El juez se refería a Zarrías como el “imputado quejoso” y consideraba cuestionable que después de saltar de ese tren se quejara precisamente de que no se había resuelto sobre su petición de archivo, porque “si se abandona la vía del proceso para aforados no puede ya pedir desde el nuevo tren procesal que le sigan dictando resoluciones desde el que ha abandonado”.

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