Tribunales

Condenado a 27 años por matar a su mujer en su cumpleaños teniendo orden de alejamiento

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. / EFE/Javier Lizón

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 26 años y nueve meses de prisión a un hombre que asesinó a su pareja tras darla una "terrible paliza" delante de su hijo, de año y medio, cuando habían estado horas antes celebrando su cumpleaños juntos en la casa, pese a tener una orden de alejamiento en vigor.

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que rechaza el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó otra de la Audiencia de Barcelona por delitos de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco y género, otro de violencia habitual en el ámbito familiar y otro de quebrantamiento de condena o medida cautelar.

Situación irregular

El condenado, que en ocasiones usaba una identidad falsa y residía irregularmente en España, y la víctima iniciaron en 2017 su relación en Perú y luego se trasladaron a Hospitalet de Llobregat (Barcelona), donde vivían junto a su hijo, de un año y seis meses.

Desde "el inicio de la relación", el condenado "mostró un carácter sumamente dominante, violento y agresivo", sometiendo a la mujer a "un trato degradante y humillante con violencia psíquica y reiteradas agresiones físicas".

Es más, su relación se caracterizaba por "habituales discusiones, peleas y algunas agresiones denunciadas por la víctima, a causa del carácter celoso, posesivo, dominante, con humillaciones hacia su pareja y con absoluto desprecio a su condición de mujer".

Denuncia previa

El 28 de agosto de 2018, la mujer denunció una agresión, que dio inicio a un procedimiento penal, y otra el 29 de junio de 2019, en la que el Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Hospitalet acordó una orden de alejamiento contra el agresor que prohibía acercarse a menos de 1.000 metros y comunicarse con ella.

Pese a tener "pleno conocimiento de las prohibiciones impuestas" y "de las consecuencias de su incumplimiento", el condenado acudió al domicilio familiar el 31 de julio y, al día siguiente, ambos pasaron todo el día juntos, salieron a comer con unos amigos y regresaron a la casa, donde permanecieron hasta el día siguiente.

Aquella segunda noche estuvieron hasta altas horas de la madrugada celebrando el cumpleaños de ella en actitud cariñosa y con el niño dormido en el sofá, como así comprobaron dos vecinas.

Los hechos

Sin embargo, cuando fueron al dormitorio y en presencia del pequeño, el condenado "la golpeó con extrema violencia y fuerza por todo el cuerpo, con puñetazos y patadas", causándole "numerosos hematomas, escoriaciones y erosiones en cabeza, tórax, abdomen y extremidades superiores e inferiores". Las lesiones fueron de tal gravedad que la mujer murió horas después.

Dice la sentencia que el condenado la agredió con "la intención de acabar con su vida" sin estar borracho ni drogado y que ella, en plena celebración de su cumpleaños, "fue sorprendida por la brutal agresión, sin tener ninguna posibilidad de defenderse".

Además de la pena de prisión, el Supremo ratifica la retirada de la patria potestad durante el tiempo de la condena, la prohibición de comunicarse o acercarse a su hijo durante 37 años y una indemnización de 200.000 euros a su hijo y familiares.

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