Economía

¿Tengo que hacer la declaración de la Renta si vivo con mis padres y trabajo?

¿Debes realizar la declaración si trabajas y aún vives con tus padres?

¿Debes realizar la declaración si trabajas y aún vives con tus padres? / Archivo

El miércoles 3 de abril comenzó oficialmente la Campaña de la Renta de este año, comenzando un trimestre en el que los contribuyentes en España deben presentar su declaración ante la Agencia Tributaria.

Para muchos realizar este trámite, ya se tenga experiencia previa o se realice por primera vez, puede ser un reto ante el que surgen dudas. Por ejemplo, ¿qué ocurre si una persona trabaja, pero sigue viviendo en casa de sus padres?

Hacer (o no) declaración de la renta si vives con tus padres

La declaración de la renta deben hacerla de forma obligatoria todos los trabajadores por cuenta propia o ajena que ganan más de 22.000 euros brutos al año. Aunque si el trabajador cuenta con varios pagadores, el límite para realizar o no la declaración se encuentra en los 15.000 euros brutos anuales. 

Se ha de tener en cuenta de que si se es mayor de edad y al trabajar se cumple con los requisitos obligatorios para tener que entregar la declaración de la renta, esta no se podrá hacer en conjunto con uno de sus progenitores, ya que ante la Agencia Tributaria no se considera que sean una unidad familiar. Este último es el requisito básico que permite realizar la declaración conjunta y solo se da en casos de matrimonio o si se trata de una pareja de hecho, en situación de separación legal o de custodia de menores o mayores de edad en situación de incapacidad jurídica. 

Por otra parte, el dónde se vive (en este caso en casa de los progenitores) se ha de considerar cuando se rellene el formulario de la declaración. En este caso  esta información se tendrá en cuenta cuando se den los datos respecto ala titularidad de la vivienda en la que se reside. En este caso, de las opciones disponibles en el formulario, la persona que vive con sus padres no sería ni propietario, ni usufructuario, ni arrendatario, por lo que debería marcar la cuarta opción: "otras situaciones'. 

En caso de tener dudas al respecto de si se debe o no realizar la declaración de la Renta lo recomendable es consultar a un gestor u optar por que la declaración la realice la propia Agencia Tributaria usando para ello la vía telefónica a partir de mayo o acudir presencialmente a una de las oficinas en junio. En estos casos se deberá pedir cita previamente, por lo que es importante conocer las fechas a partir de las cuáles estas opciones se ponen en marcha. Las citas pueden comenzar a pedirse desde el día 29 de abril en caso de preferir una cita telefónica y un mes más tarde, el 29 de mayo, si se prefiere ir directamente a una de las oficinas. En ambos casos las citas podrán concertarse hasta el 28 de junio.

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