Economía

Competencia ve colusión tácita de la banca en la falta de remuneración de los depósitos y pide instrumentos para combatirla

Cani Fernández interviene en el seminario de la APIE, en Santander.

Cani Fernández interviene en el seminario de la APIE, en Santander. / APIE

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, afirmo este viernes en Santander que la resistencia de los bancos españoles a remunerar los depósitos de sus clientes supone en la práctica una "colusión tácita" que la CNMC no tiene capacidad legal para combatir, por lo que lanzó el guante al poder legislativo para que de le dote de instrumentos para corregirlo.

Fernández hizo esa apreciación durante su participación en el 40º seminario de la la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) que forma parte de la programación de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), y que patrocina BBVA, en el que la remuneración del ahorro ha sido el principal protagonista de la semana.

"Podemos actuar si conciertan precios o si hay abuso de posición dominante", precisó Fernández para argumentar en un caso de colusión tácita en un mercado transparente como el bancario en España.

De hecho, la presidenta de la CNMC se detuvo en explicar a preguntas de los periodistas que precisamente porque el sector bancario español "es un mercado transparente, no hace falta ni ponerse de acuerdo, porque con la mera observación de lo que hacen los demás se toman las decisiones". Cani Fernández agregó que es una práctica que la jurisprudencia europea y española denomina "adaptarse inteligentemente al comportamiento de sus competidores".

Fue entonces cuando afirmó que ese comportamiento supone un pacto tácito, sin que medie concertación de los actores. "Eso que es una colusión tácita”, dijo Fernández, que añadió que “es un agujero en nuestro sistema de herramientas para luchar en mercados con poca competición".

Cani Fernández explicó que, con la regulación actual, la CNMC tiene capacidad hacer un "estudio de mercado", pero no cuenta con instrumentos coercitivos que le permitan obligar a las empresas a suministrarles la información ni a que asuman las conclusiones del informe.

Ante esta realidad jurídica, la autoridad de Competencia española ha reclamado a los partidos políticos, ahora que están en periodo electoral, que incluyan en sus programas que exista una nueva regulación de esta herramienta para poder obtener la información necesaria y obligar a las empresas a cumplir las recomendaciones que se determinen tras ese estudio de mercado.

No es la única modificación que persigue la presidenta de la CNMC, que ha visto como la sorpresiva convocatoria electoral a Cortes Generales hizo que decayeran cuanto enmiendas que afectaban a la institución y que ya estaban en su trámite final en el Senado en el momento de la disolución de las cámaras.

Fernandez pretende que estas enmiendas vuelvan a plantearse en la próxima legislatura y que básicamente perseguía hacer más eficiente la función del regulador de la competencia, porque las sanciones no son lo suficientemente disuasorias.

Una de estas cuatro enmiendas tiene por objeto aumentar las sanciones a los directivos de empresas que participen en cárteles, para que pasen de 60.000 euros como máximo a 400.000 euros."Hemos visto que el potencial disuasorio de multar a personas físicas es muy superior que el de multar a empresas", argumentó Fernández para explicar este cambio que quedó varado por el adelanto electoral, dado que dijo que tenía el respaldo de los partidos.

Las sanciones a las empresas, recordó, sólo pueden ser de hasta el 10% de la cifra de ventas del ejercicio anterior al de la imposición de la sanción. Fernández enfatizó que como los cárteles duran años y en esos periodos suben los precios entre un 10% y un 15%, a las compañías les "sale a cuenta".

Un cambio que sí va a aplicar desde ya la CNMC para disuadir a la empresas de transgredir las reglas de competencia es modificar el procedimiento de aplicación de lala prohibición de contratar con el sector público.

Cualquier empresa infractora, automáticamente tiene prohibido contratar con el sector público, pero hasta ahora el procedimiento dependía del Ministerio de Hacienda y los tribunales podían suspender cautelarmente esa sanción aparejada a la multa económica.

Fernández anunció que a partir de ahora será la propia CNMC quien establecerán tanto la duración como en ámbito de aplicación (productos o servicios y áreas geográficas) en las que tendrán prohibido contratar con el sector público.

El nuevo régimen permitirá actuar en ámbitos o mercados concretos e incluso levantar la prohibición si la compañía demuestra que ha puesto los medios para no volver a incurrir en la infracción.

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