Multas de hasta 3.000 euros por incumplir la ordenanza de circulación de Córdoba
La norma incluye sanciones de 200 euros para automóviles que no circulen por el lado derecho de la calzada o que no respeten la prioridad de paso de peatones y de 100 euros para los conductores de patinetes que transporten a un pasajero
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A finales del pasado año, el alcalde de Córdoba, José María Bellido, firmó un decreto, dirigido a la Policía Local, de aprobación del codificado de infracciones y sanciones de la Ordenanza de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, una norma cuyo incumplimiento incluye sanciones de hasta 3.000 euros. En dicho documento se ordena a la Policía Local "la denuncia de las conductas infractoras del codificado aprobado" en la resolución y "el cumplimiento íntegro de las resoluciones de las mismas".
Por ejemplo, está penado con 3.000 euros, en el caso del transporte de materiales de obra, efectuar un cierre al tráfico o un cambio de sentido sin autorización municipal previa. Y también, en el apartado de la ordenanza de señalización, ocultar, modificar, trasladar, instalar o retirar señales de circulación sin autorización municipal. En estos casos no cabe reducir a la mitad el importe de la multa por pagarla en tiempo y forma.
En el apartado de circulación por zona peatonal está penado con 200 euros que el conductor de un vehículo no respete la prioridad de paso de los peatones, mientras que lo está con 80 euros la circulación por dichas vías de una bicicleta o un vehículo de movilidad personal (VMP) sin dar preferencia al peatón, por exceso de velocidad y/o detenerse de forma imprudente.
En cuanto al apartado de circulación por la calzada, en el caso de las bicicletas está penado con 80 euros no transitar por el carril más a la derecha. La misma cantidad está estipulada para la circulación de más de dos ciclistas en paralelo dentro del mismo carril de circulación. Así como para no circular con la bicicleta por el carril contiguo a la izquierda cuando el carril derecho está reservado a otros vehículos.
En este apartado, las multas son de 200 euros por adelantar un automóvil a un ciclista sin ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada o sin extremar las precauciones; por adelantar un automóvil a un ciclista sin guardar una anchura de seguridad de al menos dos metros; y por circular un automóvil detrás de una bicicleta sin mantener una distancia mínima de cinco metros. También en este apartado está penado, en este caso con 80 euros, que un ciclista cruce la calzada por un paso de peatones sin bajarse de la bicicleta.
En el apartado de ciclo-calles y ciclo carriles, están estipuladas sanciones de 200 euros para los casos en los que el automóvil no respete las preferencias de circulación de bicicletas o VMP. Y en el apartado de circulación de bicicletas, por ejemplo, está penado con 100 euros hacerlo por aceras o zonas peatonales y con 80 euros hacerlo cerca de las fachadas de los edificios sin respetar la distancia mínima de 1,5 metros.
Patinetes y otros VMP
En la ordenanza asimismo se incluyen como multas de mayor cuantía en el apartado de vehículos de movilidad personal (200 euros), circular con un "artefacto" con apariencia de VMP sin cumplir las características técnicas de estos; manipular un VMP para alterar su velocidad y/o sus características técnicas; circular con un VMP utilizando cascos de audio o auriculares o utilizando el teléfono móvil; y circular por carriles bus.
También suponen 200 euros de multa los estacionamientos de un VMP impidiendo el paso de peatones; sobre suelos podotáctiles; en zonas que impidan el acceso del transporte público; en zonas que impidan el uso específico del espacio reservado; en la reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida, y en carga y descarga durante las horas de la reserva.
Así como también está penado con 200 euros el transporte de más de un pasajero en un VMP (y con 100 euros si se trata de un pasajero). Mientras, también le corresponden 100 euros de multa a la circulación de VMP por aceras y demás espacios reservados exclusivamente para peatones.
En el apartado de la circulación de vehículos a motor, ciclomotores y ciclos de motor, la multa de mayor cuantía (500 euros) es para el arrastre de un remolque o semirremolque no homologado; y de 200 euros por no circular por la parte derecha de la calzada; circular sobre marcas viales de separación de dos carriles o por calzadas con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido constituyendo un obstáculo de circulación a los demás vehículos. Así como por abandonar el carril sin cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar. Por otra parte, no dejar expedito el carril de emergencia cuando se aproxime un vehículo en servicio de urgencias está penado con 80 euros.
Paradas y estacionamientos
En el apartado de paradas y estacionamientos de vehículos, las sanciones de mayor cuantía (200 euros) están estipuladas para cuando estas paradas y estacionamientos se efectúen sin permitir la entrada o la salida de otros vehículos; en el caso estacionar a menos de 1,5 metros de las fachadas; y en el caso de hacerlo sin dejar libre el acceso a viviendas y locales.
También está penado con 200 euros parar en los carriles de circulación; en medio de la calzada; a la misma altura de otro vehículo parado o estacionado en la acera contraria impidiendo o dificultando la circulación; y parar generando peligro u obstaculización.
La misma cantidad está estipulada para distintos casos de estacionamientos, como en las prolongaciones de los itinerarios peatonales accesibles; sobrepasando los vértices de una esquina; en doble fina; impidiendo el paso de una fila de vehículos; y en zonas reservadas a otros vehículos.
Asimismo se castiga con 200 euros estacionamientos como aquellos que impidan el vaciado de contenedores o su retiradas; en calles residenciales sin respetar una distancia mínima a las fechadas o sin dejar acceso a las viviendas o locales; en zonas de seguridad señalizadas; en reservados de personas con movilidad reducida; los de vehículos destinados al transporte de mercancías peligrosas; y lo que generen peligro u obstaculización.
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