Cuidado si conduces con el abrigo en el coche, te pueden multar
Una de las sanciones más frecuentes durante el invierno es conducir con chaquetón que impida la movilidad y es de 200 euros
Hielo y nieve en la Sierra de Cabra: Córdoba vive su Navidad más blanca
La Dirección General de Tráfico (DGT) ya ha puesto en marcha la Operación de Tráfico Navidad 2025-2026, que se prolongará hasta el próximo 6 de enero, día de Reyes, en tres fases. Se trata de unos días en los que está previsto un aumento de los desplazamientos por carretera por las fiestas navideñas en toda España, incluida la provincia de Córdoba.
Una campaña, además, en pleno invierno y en la que en cada viaje hay que extremar la precaución y evitar posibles infracciones. En el caso de las multas, las más frecuentes durante estos meses de frío están vinculadas con el hecho de conducir con un abrigo, que impide el movimiento, llegar a una zona de nieve y no tener las cadenas preparadas, o no usar correctamente las luces antinieblas. Las sanciones por estas acciones pueden ir de los 80 a los 200 euros.
Es por ello que la DGT recomienda a los conductores que planifiquen su viaje, consulten las previsiones meteorológicas y se informen sobre el estado de las carreteras, ya que la nieve podría dificultar la circulación en varias zonas.
Las multas más frecuentes en invierno
Es recomendable que la temperatura interior del vehículo oscile entre los 20 y 25 grados cuando se conduce, y que se haga sin llevar el abrigo puesto. Y es que, llevar una chaqueta muy voluminosa, que pueda impedir una correcta movilidad, así como dar un mal uso del cinturón, puede suponer una multa de 200 euros. Es por ello que no es recomendable conducir con prendas voluminosas, ya que los agentes pueden sancionarte si el abrigo impide una conducción segura, aunque no esté prohibido explícitamente por la normativa. Es por ello, que la DGT aconseja quitarse el abrigo y usar la calefacción del coche, o elegir ropa de abrigo más ligera como forros polares, para asegurar un buen ajuste del cinturón y mayor libertad de movimiento.
Otra de las sanciones más frecuentes durante los meses de invierno es circular con los neumáticos en mal estado; en este caso, la multa también asciende a 200 euros. Hay que recordar que la profundidad mínima legal del dibujo de las ruedas es de 1,6 mm, aunque se recomienda que llegue a 3 mm.
Además, antes de mover un vehículo, hay que retirar por completo el hielo o nieve del parabrisas, la ventanilla y el techo. Estos elementos pueden dificultar la visibilidad, lo que supone un riesgo en la conducción, la multa puede ir de los 80 hasta los 200 euros, depende de la gravedad.
Y aunque la nieve es poco probable que llegue a la provincia de Córdoba, salvo en los puntos de la Subbética -tal y como ha ocurrido ya en el Picacho de Cabra-, hay ciertas carreteras en las que el uso de cadenas es obligatoria en caso de que la nieve sea copiosa. En caso de no llevarlas y circular sin ellas la multa puede ascender a los 200 euros.
El uso de las luces es otro de los factores a tener en cuenta. Y es que, en el caso de con las largas se deslumbre a un conductor, también hay multa, al igual que si no se usan las antiniebla cuando es necesario. La sanción en ambos casos es de 200 euros.
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