Córdoba

El TSJA confirma una condena de 17 años por intentar matar a su expareja en Córdoba

  • El hombre está acusado de siete delitos, entre ellos, el de tentativa de homicidio

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Ciudad de la Justicia de Córdoba. / El Día

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a 17 años de cárcel a un hombre por siete delitos, como maltrato, quebrantamiento de condena, amenazas, allanamiento, lesiones, daños y tentativa de homicidio supuestamente cometidos sobre la madre de su hijo de dos años, a la que presuntamente intentó estrangular y tendrá que indemnizar con más de 7.000 euros.

En este caso, el Alto Tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del hombre, si bien contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Entre los fundamentos de derecho, el TSJA expone que "la actuación del acusado durante los años anteriores a la denuncia ha seguido un leiv motiv de violencia física y psíquica, maltrato, agresiones y acoso" sobre la víctima, "que culminó con un grave ataque físico con riesgo para la vida de la joven".

También señala que "el acusado ha forzado la comunicación y el contacto con su ex pareja en numerosas ocasiones, varias de ellas con resultados contrarios a su integridad física e incluso a su vida", a lo que añade que "el daño material y moral infligido es de notable magnitud", entre otros fundamentos.

En concreto, en la sentencia de la Audiencia se da por probado que "durante el transcurso de la relación, el acusado ha mostrado una conducta despótica y desconsiderada con respecto a su mujer, cuya voluntad ha pretendido en todo momento dominar, considerando el procesado a su compañera como una pertenencia suya, abocada siempre a someterse a sus caprichos".

Para alcanzar tal objetivo, "el mismo ha hecho uso de diversas estrategias de control, tales como empleo de violencia física directa sobre ella o contra objetos pertenecientes a ésta o a sus familiares, tal como rasgar con un cuchillo la tapicería de un sofá, destrozar terminales telefónicos o causar desperfectos en vehículos; insultos desvalorizantes dirigidos a disminuir su autoestima". 

Propósitos agresivos

También ha expresado "propósitos agresivos respecto de ella o de sus familiares, aislamiento social y familiar a fin de tratar de separarla de sus familiares y amigos, y utilización del hijo común como pretexto para justificar su permanente presencia en la vida diaria de su mujer, todo lo cual ha generado a ésta una sintomatología ansioso-depresiva y trastorno de estrés postraumático".

El hombre fue condenado anteriormente por delito de maltrato, lesiones o amenazas y tenía una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima desde 2013 por un período de ocho años, con lo que en el momento de los hechos, en el verano de 2018, aún estaba en vigor.

Sin embargo, jamás ha respetado esta orden, mandando mensajes a la madre de su hijo, telefoneándole pidiendo ver a su hijo, manipulando el móvil de la víctima a la que le obligaba a borrar sus llamadas y mensajes, además de configurarle un dispositivo de geolocalización GPS para controlar dónde estaba ella en todo momento desde el móvil.

El 30 de agosto, al regresar del parque de Turruñuelos de la capital a su casa, la víctima se encontró con el acusado, que se abalanzó sobre ella golpeándola contra el suelo y propinándole una patada para luego arrebatarle el móvil y tirarlo al WC. Las secuelas de esta paliza tardaron 15 días en curar. 

El siguiente episodio violento que el tribunal considera probado ocurrió sobre las 21:00 del día 6 de septiembre de 2018 cuando el acusado llamó a la víctima para ver a su hijo y, después de pensarlo, ella accedió a que viera a su hijo esa noche para que cenara con él y luego se marchara.

No obstante, sobre las 22:00 de ese día el procesado se presentó en el domicilio de la víctima y su hijo, que se iba a duchar en ese momento, y luego se marcharía.

Como no fue así, ni trajo la comida que había dicho llevar para compartirla, ella le recordó su promesa de marcharse, a lo que él le pegó de repente un cabezazo a su frente, por lo que ella pidió ayuda gritando "Policía, Policía", lo que causó inquietud en el acusado y le agarró por el cuello con el antebrazo derecho, conminándola a que dejara de chillar, hasta que ella comenzó a tener espasmos por asfixia, y éste la liberó.

Luego, viendo el daño que le había causado en la frente y ante el temor de ser encarcelado, la víctima se asustó y lo calmó ante el miedo a que la matara para apaciguarlo diciéndole que no lo denunciaría, por lo que le hizo borrar todos los WhatsApp del móvil antes de marcharse, amenazándola de que le mataría a ella y a su familia.

Al día siguiente la víctima fue a denunciar la agresión ante la Policía de lo cual tuvo conocimiento el acusado al saber la posición de la víctima a través del GPS. Como no había cumplido la promesa, "se irritó y decidió acabar con la vida de ésta".

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