Córdoba

El Gobierno elabora un informe sobre los bienes inmatriculados por la Iglesia, como la Mezquita de Córdoba

  • El Ejecutivo expone que la inscripción en el Registro de la Propiedad "no constituye el título de adquisición de la propiedad"

Turistas en el interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba.

Turistas en el interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba. / El Día

El Gobierno central está elaborando un "informe relativo a la situación de los bienes inmatriculados a favor de la Iglesia Católica, sobre la base de los listados solicitados a los registradores de la Propiedad a través del Colegio de Registradores", incluyendo monumentos como la Mezquita-Catedral de Córdoba, que permanece cerrada a las visitas turísticas desde el pasado 13 de marzo, pero no al culto, por la pandemia del coronavirus.

Así se recoge en la respuesta, que ha dado recientemente el Ejecutivo central a la pregunta planteada el pasado enero por el senador de Compromís, Carles Mulet, que forma parte del Grupo Parlamentario Izquierda Confederal, integrado por senadores de Adelante Andalucía, Més per Mallorca, Más Madrid, Compromís, Geroa Bai y Catalunya en Comú Podem.

Mulet se hizo eco así de la demanda de la Coordinadora Recuperando, integrada por una veintena de colectivos ciudadanos del país, entre ellos la Plataforma Mezquita-Catedral de Córdoba. Patrimonio de Tod@s, para saber "¿por qué (el Gobierno) no hace público el listado?" de dichos bienes inmatriculados por la Iglesia.

Ante esto, el Gobierno de PSOE y Unidas Podemos, tras indicar que está elaborando el informe relativo a la situación de los bienes inmatriculados a favor de la Iglesia Católica, ha señalado que "el listado hará referencia a los bienes que cada registrador ha detectado como inmatriculados en su registro a nombre de la Iglesia Católica, la diócesis o las parroquias correspondientes, así como a nombre de aquellas entidades u órdenes religiosas de las que se haya tenido conocimiento en el respectivo Registro de la Propiedad".

Por último y según concluye la respuesta del Gobierno de la Nación, "la inscripción en el Registro de la Propiedad no constituye el título de adquisición de la propiedad, sino que tiene valor declarativo, generando la presunción de que el bien pertenece a su titular registral".

El Ejecutivo central ha respondido así después de que Mulet recordase en la exposición de motivos de su pregunta que "el Gobierno de Pedro Sánchez anunció hace un año que disponía ya del listado de bienes inmuebles inscritos de forma irregular por la jerarquía católica, entre ellos la Mezquita de Córdoba y la Giralda de Sevilla, así como decenas de miles de cementerios, plazas públicas, ermitas municipales, iglesias, casas, locales comerciales e incluso frontones", pero, "un año después, el Gobierno sigue sin hacer público el listado de inmatriculaciones de la Iglesia Católica".

A ello se suma que, a través de la Coordinadora Recuperando, "20 colectivos exigen la restitución de la legalidad y la devolución de miles de inmuebles apropiados, entre ellos la Mezquita de Córdoba", y no puede olvidarse, según ha señalado Mulet, que "la devolución de los bienes indebidamente inmatriculados por la Iglesia forma parte del programa electoral del PSOE y de Unidas Podemos".

Un informe avala que la Mezquita-Catedral es de la Iglesia

En los últimos años se han hecho públicos numerosos informes acerca de la propiedad del que es el principal monumento turístico de Córdoba, que desvelan que es de la Iglesia. El último de ellos, tal y como ya publicó el Día el pasado 8 de febrero, determina que la Mezquita-Catedral es “sin ninguna duda” de la IglesiaCatólica y “no es cierto” que la adquiriera por 30 euros, ya que la inmatriculación “declara la propiedad pero no la constituye”.

Así lo pone de manifiesto la obra Estudio histórico y jurídico sobre la titularidad de la Mezquita-Catedral deCórdoba, editada por Dykinson, que fue presentada por Foro Europa. “No es cierto que la Iglesia Católica se quedara con la Mezquita de Córdoba por 30 euros”, asegura el director del estudio y profesor de Derecho Administrativo, Jorge Fernández-Miranda, quien destaca también que analizaron la “problemática de la inmatriculación para esclarecerla”.

El coordinador de la investigación y profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, José Carlos Cano, por su parte, explica que hay que distinguir inmatriculación de propiedad, ya que, según manifiesta, “son dos conceptos distintos”. Así, señala que la inmatriculación “ofrece una publicidad registral respecto de esa propiedad subyacente” y que “declara la propiedad pero no la constituye”.

“Puede haber circunstancias en las cuales una persona que ostenta la propiedad sobre un bien no lo tenga registrado, pero también puede suceder la inversa”, precisa.

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