El Ayuntamiento de Pozoblanco deberá pagar 158.000 euros a una empresa de limpieza por obligarla a una prórroga forzosa del contrato

Los Pedroches

Monsecor S.L. realizó servicios de limpieza de las instalaciones municipales desde 2016 hasta 2023

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Fachada del Ayuntamiento de Pozoblanco. / E. Press

Una sentencia obliga al Ayuntamiento de Pozoblanco a pagar una indemnización de 158. 826 euros a la empresa Monsecor S.L., que realizó servicios de limpieza de instalaciones municipales desde 2016 hasta 2023.

La sentencia ha sido emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba y resuelve el recurso interpuesto por Monsecor S.L. en el que solicita al Consistorio una indemnización por la prórroga forzosa del contrato del servicio de limpieza de edificios y dependencias municipales.

Un contrato firmado en 2016 y que la empresa prestó en régimen de prórroga forzosa desde 2021 hasta 2023, sin que el Ayuntamiento sacase en ese tiempo los pliegos correspondientes para no incurrir en este hecho y poder licitar y adjudicar un nuevo contrato.

Como recoge la sentencia, la empresa estuvo prestando el servicio siete años después de que el contrato quedase resuelto y más de tres desde la oposición a cualquier prórroga por parte de la empresa.

El portavoz del grupo municipal del PSOE, Rafael Villarreal, ha lamentado que “una vez más, la mala gestión instalada en el Ayuntamiento de la localidad lleve a la merma de las arcas públicas”, ya que según relata el portavoz “es Pozoblanco con sus ahorros, quien tiene que hacer frente a esta multa por la nefasta gestión del equipo de gobierno”.

“Ya no sólo tenemos que pagar sus abogados por pagar a personas que no han trabajado para el Ayuntamiento, ahora de las arcas municipales saldrán 158.826 euros para cumplir con una empresa por no ser capaces de tener un pliego en tiempo y forma”. El PSOE ha criticado la "falta de agilización de los trámites en la gestión municipal del equipo de gobierno liderado por Santiago Cabello para que no se llegue a estos extremos".

Rescisión del contrato y continuación forzosa

En la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico se relata la sucesión de los hechos denunciados por la empresa, que firmó el contrato en septiembre de 2016 y tenía una duración estimada hasta septiembre de 2020. Sin embargo, y sin conocimiento por parte de la empresa adjudicataria, se acordó en sesión ordinaria de 26 de enero de 2017 por la Junta de Gobierno Local una rescisión del contrato y se ordenaba una continuación forzosa del servicio, hecho éste que no le fue comunicado a la empresa, que continuó prestando el servicio como si el contrato estuviera vigente.

En los fundamentos de hecho de la sentencia se recoge que la empresa, “ignorando la resolución del contrato, comunicó su oposición a prorrogarlo más allá de la fecha de finalización prevista para el 30 de septiembre de 2020, lo que fue admitido por el Pleno el 30 de junio de ese año, imponiendo también la continuidad de la prestación durante el tiempo mínimo indispensable hasta que un nuevo adjudicatario se hiciera cargo del servicio, lo que tuvo lugar el día 1 de diciembre de 2023, siete años después de que el contrato quedase resuelto, y más de tres desde la oposición a cualquier prórroga”.

Por todo ello, la sentencia considera que esa duración excede del mínimo indispensable y tiene que dar lugar a la indemnización reclamada, que concretó en los sobrecostes y pérdidas derivadas de mantener el servicio desde el 1 de enero de 2021, esto es, seis meses desde que le fuera comunicado al Ayuntamiento demandado la voluntad de no prorrogar el contrato, al ignorarse que el contrato había sido rescindido en 2017.

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