La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha acordado declarar extinguida la responsabilidad criminal del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez toda vez que ha pagado la multa contemplada en la sentencia condenatoria y puesto que ha cumplido el plazo de un mes y quince días de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
En un auto fechado el pasado 24 de enero, la Sala de lo Penal señala que se inició el cumplimiento de la inhabilitación el pasado 22 de octubre de 2021 y que se estableció la fecha del cumplimiento el 5 de diciembre.
Según apunta el magistrado ponente Miguel Colmenero, el artículo 130.1 del Código Penal establece que la responsabilidad criminal queda extinguida por el cumplimiento de la condena, algo que se da en este caso concreto porque Rodríguez abonó la multa y ha cumplido la pena de inhabilitación especial. Cabe recordar que esa inhabilitación provocó que perdiera su escaño en el Congreso de los Diputados.
Fuentes del Supremo aclaran a Europa Press que este auto no supone que queden extinguidas las consecuencias que en el ámbito parlamentario haya tenido su condena, es decir que no supone que Rodríguez pueda recuperar su escaño.
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