Torralbo acudirá el Supremo por la sentencia del Tribunal de Cuentas por no reclamar el reintegro de una ayuda de la Junta
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El rector de la Universidad de Córdoba continuará su defensa tras la desestimación del recurso de apelación que le condena al pago de una multa de 26.523 euros
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El actual rector de la Universidad de Córdoba, Manuel Torralbo, acudirá al Tribunal Supremo para continuar con su defensa tras la desestimación por parte del Tribunal de Cuentas de su recurso de apelación al procedimiento de reintegro de una cantidad durante su etapa como secretario general de Universidades de la Junta. Torralbo fue condenado el pasado verano al pago de una multa de 26.523 euros por "responsabilidad contable al no reclamar el reintegro de una subvención de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA)".
Torralbo, que considera que el Tribunal de Cuentas no ha entrado en el fondo del asunto, algo que sí espera que haga el Supremo, ha emitido un comunicado en el que, en su primer punto, deja claro que este caso es "una responsabilidad administrativa que nada tiene que ver con la Universidad de Córdoba".
Del mismo modo, el rector de la UCO recuerda que la subvención objeto de este recurso fue concedida el 7 de mayo de 2008 por importe de 1.874.277,39 euros, y que el plazo de justificación de la misma concluyó el 14 de enero de 2013, "dos años y medio" antes de su nombramiento como secretario general de Universidades el 14 de julio de 2015.
En su argumentación, Torralbo considera que "está acreditado que no ocupaba el cargo de secretario general cuando se inició el plazo de prescripción de la citada subvención ni fui requerido para justificarla ni advertido de la prescripción del derecho de reintegro". "No puede afirmarse que tuviera un conocimiento de las actuaciones precedentes a mi toma de posesión ni consta en el expediente el mínimo indicio de la existencia de un descuido inexcusable por mi parte", considera el rector, pues este último requisito es exigido por la jurisprudencia del propio Tribunal de Cuentas.
Para defender su recurso ante el TS, Manuel Torralbo cree que "en la resolución del recurso, la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas aplica el mismo criterio seguido en el pronunciamiento emitido en primera instancia por el Departamento Tercero de la Sección de Enjuiciamiento de este mismo órgano, sin entrar a determinar qué debía hacer y no hice. De hecho, se me imputa no haber implantado un sistema para detectar la hipotética prescripción del reintegro cuando expresamente la normativa del sistema Giro lo prohibía".
Ya por último, Torralbo reitera las alegaciones presentadas en el recurso de apelación que esta semana ha sido desestimado y muestra su firme intención de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo "de conformidad con lo establecido en el artículo 81 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, y en la forma prevista en el artículo 84 de la precitada Ley, en relación con el artículo 89 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa".
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