Urbanismo

Las claves de las demandas vecinales para la instalación de placas solares en el Casco Histórico de Córdoba

Placas solares instaladas en el tejado de un edificio.

Placas solares instaladas en el tejado de un edificio. / El Día

Hace unos días, las asociaciones vecinales, comercios, empresas y profesionales del Casco Histórico, además del Consejo de Distrito, se mostraron contrarios a la propuesta de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) para la tan demandada instalación de placas solares en esta zona de la ciudad. Justificaban el rechazo en que "a corto plazo esa propuesta no cambia nada la situación actual de prohibición casi generalizada de las placas solares en la zona"; además de justificarlo en que la propuesta de la GMU  propone "iniciar un procedimiento de modificación del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Córdoba (Pepch), con más de un año de trámites".  Además, lamentan que el presidente de la GMU, Salvador Fuentes, no se haya reunido con ellos para consensuar una propuesta que recogiera sus demandas.

El pasado mes de junio, las asociaciones de vecinos del Casco Histórico de Córdoba dieron a conocer a Urbanismo sus demandas para la elaboración de la propuesta que pasaban precisamente por la no modificación del Pepch. "La aprobación de la nueva ordenanza será mediante un procedimiento sencillo, de aplicación inmediata y que no conlleve cambios de normativa que requieran tramitaciones especiales", defienden las asociaciones vecinales. En concreto, proponen que se haga mediante un acuerdo del Consejo Rector de la Gerencia que anule y desplace el anterior acuerdo que impide la instalación de placas solares.

La propuesta final establece una actuación por zonas, según se trate de Bienes de Interés Cultural (BIC), entornos BIC o el resto de edificaciones en el casco Histórico. Así, para estas últimas zonas que no sean ni BIC ni entornos BIC, demandan que la regulación sea la misma que para la instalación de cualquier elemento sobre cubierta (antenas, aparatos de aire acondicionado...), es decir, lo que dicta el artículo 23 del Pech, llevando a cabo la tramitación a través de una declaración responsable.

En los entornos BIC y zonas Patrimonio de la Humanidad se aplicará el artículo 23 del Pepch, siendo necesario un informe positivo de los técnicos municipales y de la Delegación de Cultura de la Junta, pero con un límite de tiempo. Mientras, en los BICs se pedirá que se aplique el máximo de tecnología disponible ("placas integradas o por ejemplo el techo de cristal de la Sala Orive podrían ser placas solares, ya que hay cristales que son también receptores de energía solar fotovoltaica") y el menor impacto posible, siendo en este caso imprescindible el informe positivo de Cultura y de Patrimonio.

Entre los criterios generales aportados por los vecinos están los de que "la regulación de la instalación de placas solares en el Casco Histórico debe responder, de verdad, a las necesidades reales de los hogares en materia energética. El cambio interpretativo de la norma debe ser inmediato, resolviéndose con un acuerdo del Consejo Rector de la GMU". Además insisten en que debe responder asimismo a las necesidades y la normativa vigente en cuanto en cuanto a transición energética y cambio climático.

Asimismo, entre esos criterios generales figuran que las restricciones deben ser mínimas. "La energía y el acceso a la energía deben ser considerados y tratados como un suministro esencial, una necesidad y un derecho, como el agua, no un bien de consumo. Además, de que "debe ser económicamente accesible para la mayoría de las familias, "con las bonificaciones previstas y ayudas especiales para las rentas más bajas". También se destaca que se deben promover y prever las instalaciones comunitarias; que debe ir acompañado de una campaña de educación/información sobre el uso de energía; y qué los trámites para la instalación de las placas solares en el Casco Histórico deben ser fáciles y rápidos, "sin que se alarguen en exceso".

Finalmente, se detalla que pedir placas integradas indiscriminadamente para el conjunto del Casco "no es una opción viable". "Por su alto precio unitario y de instalación, ya que requiere levantar el tejado y realizar una obra mayor. Además, se trata de una técnica de escasa eficiencia y limitada aplicabilidad, siendo solo practicable en los tejados apropiados, sin posibilidad de optimizar la orientación de las placas...por lo tanto creemos que no respondería a los criterios de necesidades reales y eficiencia, siendo totalmente impracticable en muchos casos, como azoteas transitables, tejados sombreados o mal orientados", defienden.

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