Datos de la Policía Local

Las denuncias por abandono de vehículos alcanzan cifras récord en Córdoba

Coche abandonado en Córdoba.

Coche abandonado en Córdoba. / Juan Ayala

Todavía sigue siendo bastante habitual ver coches, furgonetas o motos en los peores casos totalmente deterioradas, llenas de polvo y con los neumáticos deshinchados ocupando una plaza de aparcamiento; también hay vehículos abandonados en perfecto estado. De hecho, la Dirección General de Tráfico (DGT) calcula que hay en toda España unos 20.000 coches abandonados en recintos privados (coches abandonados en garajes, en una comunidad de propietarios, en talleres…) y que al año se abandonan en general unos 50.000 vehículos en todo el país. Esto puede suponer una multa cuantiosa para el propietario ya que su obligación es darlo de baja y retirarlo de la obligación, según indica la Ley de Seguridad Vial.

En Córdoba, las denuncias por supuesto abandono de vehículos se han disparado en los últimos años y en lo que va de este, arrojando 2022 unas cifras récord. Otra cosa es que, como la Policía Local ya ha destacado al respecto, un vehículo denunciado no esté abandonado sino que lo parezca por el descuido del propietario de dejarlo demasiado tiempo estacionado en el mismo lugar o que el vehículo que se denuncia esté "presumiblemente abandonado". En su inmensa mayoría, el vehículo denunciado es un turismo, aunque también hay camiones.

En concreto, según datos de la Policía Local, en 2022 se denunció el abandono de 604 vehículos en Córdoba capital. Esas cifras suponen un incremento de casi el doble de denuncias respecto al año anterior, en el que fueron 394. No obstante, de continuar 2023 como hasta ahora, se superarán las cifras de 2022, dado que sólo en los dos primeros meses de este año se denunció el abandono de 127 vehículos.

Si volvemos atrás en el tiempo, en el año más duro de la pandemia, en 2020, se produjeron 76 denuncias, mientras que un año antes, en 2019, fueron 122. Todo ello supone que desde 2021 esas cifras no han hecho nada más que crecer, se han disparado.

Los requisitos para que se pueda ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT) -o desguace; en Córdoba capital hay siete autorizados para ello- para su posterior destrucción y descontaminación, vienen definidos en el artículo 106 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. 

Ese artículo destaca que se podrá llevar a cabo cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones. Así como cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.

Sólo se les incoa expediente para ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación a aquellos vehículos que reúnen los requisitos exigidos legalmente, de ahí la diferencia entre los detectados con signos de descuido y los expedientados.

El servicio que detecta los vehículos con signos de descuido es la Policía Local, más concretamente la Policía de Barrio, bien de oficio o por requerimiento o denuncia ciudadana. Esos vehículos con signos de descuido son chequeados, en cuanto a tenencia de seguro obligatorio de vehículos, e inspección técnica de vehículos, siendo denunciados si adolecen de falta de estos requisitos. En concreto, en 2021 se multó a 59 propietarios; a 53, en 2022 y en los dos primeros meses del año, a sólo uno, tal y como destacan los datos de la Policía Local.

Si el vehículo se encuentra abandonado pero no reúne los requisitos fácticos para ser tratado residualmente, es denunciado en base a la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana. Según el acta de requerimiento y trámite de audiencia para la retirada de vehículo abandonado en la vía pública, en el caso de un turismo el propietario recibirá una sanción de 800 euros si el mismo no tiene seguro obligatorio y de 200 euros si no tiene la ITV en vigor. Ambas sanciones también son aplicables aunque el vehículo no esté en circulación. En cuanto a los vehículos destruidos y convertidos en chatarra procedentes de abandono durante los últimos años, en 2021 fueron 248; 257 en 2022; y 33 en los dos primeros meses de 2023, tal y como revelan los datos facilitados por la Policía Local.

Los que no se derivan a tratamiento residual -al desguace-, incluso si han sido denunciados por abandono, es porque no cumplen los requisitos legales para su tratamiento, como la falta de placas de matricula o de piezas que le impidan física o jurídicamente circular por sus propios medios. Además, a los que se no se encuentran en dicha situación fáctica se les hace seguimiento, invitando a sus propietarios a retirarlos o ponerlos en valor, o que ellos mismos requieran a un CAT su traslado, con sólo efectuar una llamada y entrega de documentación, evitándose los costes administrativos de sanciones y gestión. Incluso en función del estado del vehículo y su aprovechamiento podrían obtener una contraprestación económica por el vehículo.

La Policía Local ya ha explicado al respecto que "en determinados casos no se puede actuar por encontrarse los vehículos inmovilizados o precintados por la Autoridad Judicial, o a su disposición y que en otros casos la tramitación se ralentiza por existir reservas de dominio anotadas en el Registro de Bienes Muebles y en la Dirección General de Tráfico".

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