El Colegio de la Abogacía de Córdoba incorpora la conciliación a los medios alternativos de resolución de conflictos
Cuenta con 44 profesionales especializados inscritos en su registro y complementa al centro de mediación
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El Colegio de la Abogacía de Córdoba ha presentado este miércoles su nuevo centro de conciliación, un servicio que amplía los medios alternativos de resolución de conflictos puestos a disposición de la ciudadanía y que tiene como objetivo facilitar soluciones más ágiles, eficaces y seguras a la ciudadanía, evitando en muchos casos la vía judicial. El nuevo centro amplía el sistema de medios alternativos del Colegio, que ya contaba con un centro de mediación, ofreciendo así distintas vías para que cada conflicto pueda abordarse por el procedimiento más adecuado.
El decano del Colegio, Carlos Arias, ha subrayado que la puesta en marcha responde a un doble objetivo: “Por un lado, ofrecer a la ciudadanía herramientas útiles y garantistas para resolver conflictos, y por otro, acompañar a la Abogacía en la adaptación a los cambios normativos y al creciente protagonismo de los medios alternativos de resolución de controversias”.
En este sentido, se ha facilitado a sus colegiados el acceso a la formación específica requerida para actuar como conciliadores, organizando un curso de formación propio que permite a los profesionales adquirir la capacitación necesaria conforme a las nuevas exigencias legales. Como resultado, el Centro de Conciliación cuenta actualmente con 44 profesionales especializados en conciliación.
Un procedimiento reglado y con plenas garantías
El Centro de Conciliación articula un procedimiento reglado, conforme a la normativa vigente y al reglamento aprobado por el Colegio. El procedimiento puede iniciarse tanto por solicitud conjunta de todas las partes como a instancia de una sola de ellas, en cuyo caso el Centro invita a la otra parte a participar.
Una vez admitida la solicitud, se designa un conciliador, siempre bajo criterios de imparcialidad, independencia y transparencia. “Los profesionales que intervienen son abogados y abogadas colegiados con formación específica en conciliación, sujetos a un estricto código deontológico, deber de confidencialidad y seguro de responsabilidad civil”, ha explicado Ana María Delgado, diputada responsable de la Comisión de MASC del Colegio.
La conciliación se desarrolla de forma flexible, con sesiones que pueden ser presenciales o telemáticas, conjuntas o individuales, y con posibilidad de asistencia letrada. El procedimiento tiene una duración máxima de tres meses desde la recepción de la solicitud, lo que garantiza agilidad y evita dilaciones innecesarias. Salvo circunstancias excepcionales acreditadas, el procedimiento no podrá exceder de tres meses a contar desde la sesión inicial. En estos casos, por solicitud fundada y aceptada por las partes el plazo y las sesiones podrán ampliarse.
Si se alcanza un acuerdo, este es vinculante para las partes y puede elevarse a escritura pública o ser homologado judicialmente. En caso de no alcanzarse acuerdo, el Centro emite una certificación oficial de intento de conciliación, plenamente válida a efectos legales.
Conciliación, mediación y requisito legal previo
La conciliación es uno de los medios adecuados de solución de controversias reconocidos legalmente y permite cumplir, en los supuestos en que así se exige, el requisito de procedibilidad previo a la vía judicial. De este modo, “el Colegio facilita a la ciudadanía el cumplimiento de la ley de forma ordenada, segura y con respaldo institucional”, ha señalado Delgado Bellido.
El Colegio ha querido destacar que el nuevo Centro de Conciliación no sustituye al Centro de Mediación, sino que lo complementa. Ambos comparten la finalidad de evitar la judicialización innecesaria de los conflictos, pero responden a necesidades distintas: mientras la mediación es especialmente adecuada para conflictos relacionales o de mayor complejidad emocional, la conciliación ofrece un procedimiento más estructurado y resolutivo, orientado a cerrar conflictos concretos o a cumplir exigencias legales previas.
Conciliación para beneficiarios de asistencia jurídica gratuita
Paralelamente a la puesta en marcha del Centro de Conciliación, se ha suscrito recientemente un convenio entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados por el que se instrumenta la concesión de una subvención directa, de carácter excepcional, a los Colegios de Abogados de Andalucía para financiar la designación de abogado o abogada que intervenga como experto conciliador en controversias civiles en las que, al menos, una de las partes tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Este sistema constituye una vía específica y diferenciada del Centro de Conciliación ordinario, al tratarse de un servicio impulsado y financiado por la Junta de Andalucía para garantizar el acceso a la conciliación de las personas beneficiarias del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
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