Municipal

Urbanismo tilda de "ilegalidad" la petición de ampliar las licencias de los quiosqueros

Quiosco de prensa de Las Tendillas.

Quiosco de prensa de Las Tendillas. / El Día

El presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Salvador Fuentes, ha calificado de "ilegalidad" la petición realizada por la Asociación de Vendedores de Prensa de Córdoba (Aveprenco) de que se prorroguen las licencias de sus espacios por 25 años más.

Fuentes ha explicado a el Día se trata de una situación que "no es de buenos, ni de malos, sino que es un problema legal y, hasta que no se disipe, no se puede hacer nada".

Fue el pasado 23 de marzo cuando en el Consejo Rector de la Gerencia de Urbanismo, se acordó, por unanimidad de los consejeros de todos los grupos municipales, "dejar sobre la mesa la modificación de la ordenanza municipal reguladora de los quioscos en Córdoba, tras advertir la Intervención Municipal que había que estudiar mejor el asunto". 

Según la misma información, en el que caso del establecimiento en la Ordenanza de un plazo de 75 años, "concluye que deben ponderarse y justificarse cuestiones de oportunidad y conveniencia, en cuanto a laadecuación del periodo concesional a la naturaleza del bien demanial concesionado". Es más, "el plazo concesional debe legalmente atender a un razonable periodo de retorno de la inversión realizada, junto con un rendimiento sobre el capital invertido". 

El informe de los servicios jurídicos recoge que "en Córdoba el plazo concesional es, comparativamente con municipios similares, muy elevado (20 años plazo inicial más 3 prórrogas por 10 años cada una, hasta un total máximo de 50 años), no habiéndose presentado justificación legal alguna que sustente unaampliación del plazo".

En este punto añade que la propuesta por el colectivo de los quiosqueros, que pretende aplicar elplazo de 75 años a todas aquellas concesiones administrativas de quioscos vigentes en el momento de la publicación de la nueva ordenanza, "no cumpliría con el periodo de duración y régimen de las concesiones otorgadas, incluyendo los pliegos y documentos de formalización correspondientes (contratos suscritos), introduciendo vía reglamentaria una modificación de las condiciones de las licitaciones efectuadas en régimen de igualdad y pública concurrencia, para exclusivo beneficio de los actuales concesionarios".

La actual ordenanza recoge que "el  procedimiento para la adjudicación de las concesiones de quioscos deberá respetar los principios de proporcionalidad, no discriminación, claridad e inequivocidad, así como los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva".

El citado informe también advierte de que el mensaje que ofrece la asociación de quiosqueros del posible cierre de quioscos si no se prorroga la concesión a 75 años "induce a la confusión, ya que precisamente los actuales concesionarios pueden concurrir a la licitación, con toda probabilidad de éxito, según la opinión del presidente de Aveprenco, en cuando manifiesta que no habrá nadie interesado en optar a ello". 

Otro de los puntos que expone es que la prórroga o ampliación del plazo de concesiones es una cuestión que ha analizado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que ha manifestado que "es una cuestión con efectos muy perjudiciales sobre la competencia y la libre concurrencia".

Es más, reconoce que "imposibilitaría directamente el acceso competitivo a las concesiones, en perjuicio de los usuarios finales del servicio, implicando el cierre absoluto del mercado durante todo el tiempo por el que se prorrogan las concesiones, actuaciones que se convierten en una suerte de fraude de ley, mediante el que se establece, de facto, una vía de escape al procedimiento de licitación competitivo".

También advierte de que "si se admitiese esta pretensión de Aveprenco, sería extrapolable a otras concesiones administrativas que se licitaran desde el Ayuntamiento (por ejemplo, la concesión de instalaciones deportivas), abriendo la posibilidad de modificar, a petición del concesionario, los plazos concesionales mediante una modificación reglamentaria, en fraude de ley y de la necesaria concurrencia pública".

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