La Audiencia da la razón a Berral y permite delegar el voto a los joyeros

La asociación deja en manos de los estatutos el uso de este sistema

María Dolores Serrano, el día de la presentación de su candidatura.
Á. R.

27 de mayo 2008 - 01:00

La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente la demanda de la candidata María Dolores Serrano contra el proceso electoral de la Asociación Provincial de Joyeros, aunque concluye que el voto delegado -el punto principal del pleito contra la actual junta directiva, encabezada por Manuel Berral- no es irregular. El máximo órgano judicial de la provincia coincide de esta manera con la resolución que dictó en diciembre del año pasado el Juzgado de Primera Instancia número 7.

La resolución acaba con la polémica que en mayo del año pasado surgió en el sector joyero, cuando un auto judicial obligó a aplazar las elecciones a la junta directiva de la asociación. El fallo de la Audiencia Provincial declara la nulidad de la creación del comité electoral y dice, literalmente, que "la propia asociación demandada admitió que este comité no tiene base legal alguna". Al tumbar este punto, la sentencia anula todos los acuerdos que la junta directiva de la asociación de joyeros tomó en aquel momento, entre ellos, la admisión del voto delegado, que sí podrá utilizarse cuando el comité electoral se constituya de manera correcta.

Los magistrados, por último, dejan en manos del colectivo joyero el uso del voto delegado en las próximas elecciones "en base a los estatutos" y proponen, en caso de que esto no sea posible, una "modificación" del reglamento interno. De las siete asambleas que el sector joyero ha celebrado desde 1977 hasta la fecha, en cuatro de ellas sí se han tenido en cuenta la delegación del voto.

La asociación de joyeros manifestó ayer su satisfacción ante esta decisión judicial sobre el recurso de apelación de Serrano. Desde el colectivo, recordaron que "según la Justicia, la asociación realizó la convocatoria electoral conforme a lo que marcan los estatutos gremiales" e hicieron hincapié en que "en la demanda no se solicita que se declare que los estatutos permiten el voto delegado".

La organización joyera explicó también que realizará un análisis del texto jurídico y confirmó que "deja en manos de los estatutos la aplicación del voto delegado, que siempre ha sido utilizado en las asambleas electorales, desde la constitución de la asociación profesional de joyeros".

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