La tribuna

Gerardo Ruiz-Rico · Mayte Salvador Crespo

¿Por fin la hora del gobierno local?

EL Parlamento andaluz está debatiendo dos iniciativas legislativas que desarrollan una de las cuestiones de mayor calado político e institucional previstas en el nuevo Estatuto de Autonomía. El régimen local de nuestra Comunidad Autónoma contará, en un futuro próximo, con una legislación que pretende dar respuesta a las demandas que se llevan reclamando desde hace tres décadas por municipios y provincias, de manera generalizada y al margen de ideologías o filiaciones políticas. Lejos de la opinión generalizada, lo más importante para los municipios y provincias españoles no es la infausta financiación o la quiebra de la burbuja inmobiliaria, sino la crisis política e institucional que arrastran desde 1980.

Hoy sería difícil negar la valiosa aportación de las políticas municipales en los progresos políticos y socioeconómicos de España gracias a los variados servicios básicos e infraestructuras que procuran, a su proximidad a los problemas de los ciudadanos, o a los distintos cauces de participación y rendición de cuentas que proveen, pero estos logros no le han valido a los gobiernos locales disfrutar del estatus que merecen dentro del sistema institucional del Estado. Los municipios españoles sufren cada vez más la indefinición de su modelo de gobierno, de sus competencias, de la organización de la supramunicipalidad y de su rango político como auténtico nivel territorial de la misma dignidad constitucional que el Estado o las Comunidades Autónomas.

La finalidad de los proyectos legislativos elaborados por el Gobierno andaluz se orienta principalmente hacia la potenciación y garantía del principio constitucional de la autonomía local, ambiguamente reconocido en nuestra norma fundamental y monopolizado hasta hoy en su desarrollo normativo por el legislador estatal. Resulta sintomático en este sentido la denominación con que se ha presentado al Parlamento autonómico la que será futura ley de referencia en el ámbito municipal andaluz: Ley de Autonomía Local de Andalucía. El título y las mayúsculas indican desde su origen el propósito fundamental que inspira al proyecto, esto es, garantizar un ámbito de competencias y facultades propias de los municipios, frente a cualquier intento de invasión o menoscabo de su autonomía local por parte del resto de las Administraciones territoriales, y especialmente de la autonómica.

Sin embargo, sería erróneo establecer esta iniciativa legislativa como un primer paso para un hipotético proceso de descentralización político-administrativa desde el nivel autonómico a los niveles municipal o provincial del gobierno. De hecho, tampoco el Estatuto de Autonomía ha considerado oportuno incluir la municipalización de la autonomía regional entre los "objetivos básicos de la Comunidad Autónoma". En todo caso, sí es indudable que la aprobación de esta nueva legislación autonómica va a suponer un paso importante para la reforma del régimen local en Andalucía. En primer lugar, porque las relaciones entre la Administración Autonómica y las entidades locales dispondrán de unos parámetros normativos mucho más definidos y precisos para enfrentar potenciales comportamientos hegemónicos de la primera que no respeten el núcleo estatutario de su autonomía. El legislador tiene al fin la posibilidad de delimitar, con un mayor grado de concreción jurídica, los espacios competenciales de los entes locales; unas competencias y funciones que difícilmente podrán calificarse de exclusivas, pero que permitirán a los Ayuntamientos poder llevar a cabo sus propias políticas y que con unos medios y una financiación adecuada les permitirá asegurar la calidad de vida en las ciudades y garantizar no pocos derechos constitucionales cuyo ejercicio depende en gran medida de decisiones que se adoptan por la Administración más próxima a los ciudadanos.

Para concluir el marco normativo y darle la indispensable seguridad jurídica, sería necesario asimismo que el Gobierno del Estado se decidiese al fin a presentar la esperada reforma de la legislación básica de régimen local. No se trata de una cuestión de simple oportunidad política o electoral, sino de la imperiosa necesidad que deriva de unos nuevos Estatutos de Autonomía, que rompen con el hasta ahora tradicional bifrontismo, para inclinar en favor de las Comunidades la balanza competencial que confiere potestad para regular el régimen local en nuestro país. Ante la previsible diversidad regulativa que se avecina, el Estado tiene que reaccionar antes de que se aprueben y lleguen a aplicarse leyes autonómicas cuya coordinación con la nueva y futura Ley de Bases después puede ser compleja jurídica y políticamente. Sin duda, esto daría seguridad al marco legal en el que los ayuntamientos y diputaciones provinciales van a desarrollar esas competencias y funciones tan detalladamente reconocidas en la ley local de la Comunidad Autónoma.

Nos encontramos, pues, en una coyuntura políticamente delicada que puede llegar a buen puerto, o naufragar en una heterogeneidad absoluta de regímenes autonómicos, sin garantías para la autonomía de los ayuntamientos. La debilidad estructural de la galaxia local dentro de la muy complicada constelación de las relaciones intergubernamentales en España, la muy timorata defensa de la autonomía local que hasta ahora viene haciendo el Tribunal Constitucional y el trato difícil entre el partido del gobierno y el principal partido de la oposición no permiten realizar un pronóstico del todo optimista.

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