Subbética

El Ayuntamiento de Priego de Córdoba ofrece bonificaciones fiscales de tres impuestos municipales

  • Las bonificaciones afectan a los impuestos sobre bienes inmuebles, vehículos de tracción mecánica y al ICIO

María Luisa Ceballos y Juan Ramón Valdivia en rueda de prensa.

María Luisa Ceballos y Juan Ramón Valdivia en rueda de prensa. / L. Serrano

El Ayuntamiento de Priego de Córdoba ha dado a conocer las bonificaciones fiscales que se contemplan, para este año 2021, en tres ordenanzas municipales, concretamente en las que afectan a los Impuestos sobre bienes inmuebles, (IBI), al Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) y al ICIO, el Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras a la construcción.

Como explicó la alcaldesa de Priego, María Luisa Ceballos, estos tres impuestos se devengan a lo largo de este año 2021 y sus correspondiente bonificaciones deberán ser solicitadas por el propio ciudadano, si reúnen los requisitos necesarios para beneficiarse de ellas.

El presidente del área de Hacienda, Juan Ramón Valdivia detalló las bonificaciones que se ofrecen sobre el Impuesto de bienes inmuebles, dirigidas a nuevas empresas, con una bonificación del 50%, al igual que para emprendedores que hayan aumentado su plantilla con contratos indefinidos en 2020. Entre un 10% y un 50% de bonificación recibirán los sujetos pasivos que instalen sistemas para el aprovechamiento de energías renovables en el local donde se desarrolla la actividad económica, siempre y cuando su instalación no sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.

En el caso de las bonificaciones en el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, Valdivia destacó la exención del pago para personas con discapacidad inferior al 65% o igual y superior al 65%. De igual modo, se contempla la bonificación del 80% de la cuota a vehículos de carácter histórico, con más de 25 años y la bonificación del 75% para vehículos eléctricos y del 50% para vehículos híbridos.

Las más numerosas son las bonificaciones para el ICIO, el Impuesto de construcciones, que contempla beneficios de hasta el 40% cuando se ejecuten obras destinadas a la promoción del aparcamiento público; del 30% cuando se ejecuten por iniciativa privada destinada a la promoción de edificios completos de aparcamiento; y del 95% cuando se concurran daños por causas catastróficas.

Como indicó Valdivia, se establecen bonificación del 80% cada cinco años a unidades familiares en situación económica complicada cuando se trate de primera vivienda; del 50% cuando se ejecuten por iniciativa público privada obras destinadas a museos, cines o teatros, al igual que para la construcción de viviendas de protección oficial y construcciones, instalaciones u obras en suelo industrial.

Por último, el presidente del área de Hacienda, anunciaba los beneficios del 50% en construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas de aprovechamiento término o eléctrico de la energía solar para autoconsumo; del 40% en las construcciones de reforma que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad; y del 80 y 90 % en las construcciones que favorezcan las condiciones de habitabilidad a mayores de 65 años.

Completan el listado de bonificaciones las que afectan a las construcciones que se realicen en locales comerciales ya construidos con licencia de actividad en vigor par mejora de la accesibilidad que ascienden al 90% y las que podrán recibir los edificios catalogados ubicados en el ámbito del Plan Especial del Centro Histórico.

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