Campiña Sur

La Junta rechaza el recurso del PP de Santaella contra la segregación de La Guijarrosa

  • Los populares recurrieron la separación de la localidad al creer que incumplía la ley

Manuel Ruiz, Antonio Ruiz y Rosa Aguilar, con representantes públicos y vecinos, con la bandera del municipio.

Manuel Ruiz, Antonio Ruiz y Rosa Aguilar, con representantes públicos y vecinos, con la bandera del municipio. / El Día

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha rechazado el recurso de reposición interpuesto por el PP del Ayuntamiento de Santaella contra el decreto 180/2018 de aprobación de la creación del municipio de La Guijarrosa por segregación del término municipal del primero.

La decisión pone fin a la vía administrativa y deja abierta la interposición de un recurso contencioso-administrativo, para el que cuenta con un plazo de dos meses. En concreto, el acuerdo del Consejo de Gobierno –adoptada el pasado 2 de julio– responde a un recurso de reposición que interpuso el 9 de noviembre de 2018 el Grupo Popular del Ayuntamiento de Santaella.

Las alegaciones del recurso giraban sobre el incumplimiento de varias exigencias del artículo 93.2 de la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía, así como dos pronunciamientos del Consejo Consultivo de Andalucía, que se citan en el recurso. El PP solicitaba la declaración de nulo de pleno derecho del decreto de creación de La Guijarrosa, además de apelar a la vulneración del artículo 24 de la Constitución para argumentar la indefensión del municipio de Santaella.

El Consejo de Gobierno recurre al argumento de la seguridad jurídica para los casos de aplicación de una normativa reciente con efectos retroactivos. Si la segregación de Balanegra de Berja (Almería) se hizo al amparo de la Ley 7/1993 Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, la de La Guijarrosa de Santaella se acometió bajo las directrices de la Ley 5/2010 de Autonomía Local de Andalucía.

El Consejo de Gobierno asegura también que la Ley 5/2010 de Autonomía Local, a diferencia de la Ley 7/1993 de Demarcación Territorial, matiza el requisito de la distancia en kilómetros entre la entidad con vocación de segregación del municipio matriz, al amparo “del desarrollo de las nuevas tecnologías y de los actuales medios de comunicación”.

El Consejo de Gobierno recuerda que no es exigible el umbral de 5.000 habitantes

La Junta considera que “los procedimientos de creación de municipios mediante la segregación de núcleos poblacionales de sus respectivos términos municipales, iniciados al amparo de la legislación autonómica anterior a la entrada en vigor de la Ley 27/2013 no es exigible el citado umbral de 5.000 habitantes, al constituir este una novedosa exigencia cuya aplicación a tales procedimientos supondría la indebida retroactividad de la ley”.

Ante esta medida, la vicesecretaria general de Política Municipal del PSOE, Lola Amo, ha reclamado al PP que “pida perdón” a los vecinos de La Guijarrosa y de Santaella por la “sarta de mentiras que ha lanzado” en relación a la segregación de la antigua ELA en octubre.

Los decretos de segregación de ambas localidades fueron dictados por de la Junta de Andalucía el pasado 2 de octubre. Con La Guijarrosa y Fuente Carreteros, la provincia de Córdoba cuenta con 77 localidades, con todos sus derechos y obligaciones.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios