"Mujeres, café y clima…"

En la frase "1.2 La Acción es una acción…", parece que el legislador incluye lo definido en la definición

En la publicación precedente, nos referíamos a Resolución mediante la cual el juzgador decidió privar de la custodia de su bebé a la mamá del mismo. Entre otras razones, por vivir en… "La Galicia profunda". Y lo hizo con… "claridad meridiana". Pero no tiene la condición de única: "Resolución de 23 de noviembre de 2021, …/…, por la que se publica el Convenio de contribución con la Unión Europea, para la ejecución de la acción "Mujeres, Café y Clima: …"

El autor de Las Tendillas ha leído con reiteración el texto trascrito literalmente. Pero, (como en el supuesto de "La Galicia profunda", antes referido) seguimos… in albis. Nos queda por resolver un dilema: Comprobar si la referida falta de "claridad" es consecuencia lógica de las muy limitadas entendederas del autor de esta "opinión" o, por el contrario, es -solamente- fruto los sabios conocimientos del autor de la dicha Resolución.

Y… ¿de qué no nos percatamos? Creíamos -en principio- que la dicha Resolución se trataba: O de un… chiste de Chiquito de la Calzada, que decía cosas que hacían gracia. O de una cantinflada: El actor provocaba la risa… hablando (mucho), aunque sin decir ni pio.

Pero, la… Resolución objeto de análisis no es un chiste precisamente: Según enunciado de la misma, resulta comprensiva del "… Convenio de contribución con la Unión Europea, para la… ejecución de la acción…".

Según La Academia, el término "acción" -acepción 2- significa "Resultado de hacer". Consecuentemente, la expresión "ejecución de la acción" (utilizada por el legislador) equivale a… "ejecución de lo ejecutado", de contenido tan imposible -jurídica y gramaticalmente- como… "juzgar lo juzgado".

Pero, a juicio del autor de esta publicación, la imposibilidad que dejamos apuntada, no es la única en que incurre la iluminada sapiencia del legislador: De lo poco que leemos en la dicha Resolución topamos con expresión que, cortada y pegada, reza del siguiente tenor: "1.2 La Acción es una acción…" (Condiciones particulares. Cláusula 1. Objeto).

Este criterio del legislador da de sí como para escribir un libro. Pero nos conformamos con preguntarle:

Entre otras lindezas, en la frase "1.2 La Acción es una acción…", parece que el legislador incluye lo definido en la definición. Además, hace que el nombre propio, "Acción", devenga común, "acción". Y ello… ¿por qué?

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