Cultura

Un certificado del secretario de la Fundación Botí señala que el cese de Bernier fue por "unanimidad"

  • La aprobación del expediente, no obstante, se demora hasta la celebración del próximo Consejo Rector

Marisa Ruz, presidenta de la Fundación Rafael Botí

Marisa Ruz, presidenta de la Fundación Rafael Botí / El Día

Un certificado del secretario de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, en este caso, Jesús Cobos Climent, señala que el cese de Juan Antonio Bernier como gerente fue por "unanimidad de los asistentes".

No obstante y, según consta en el borrador del acta, el expediente "está aún pendiente de aprobación", "cuya redacción se aprobará en la próxima reunión del Consejo Rector".

Este certificado llega después de que Juan Antonio Bernier haya mostrado su "relativa perplejidad" por las acusaciones que la presidenta de dicha institución, Marisa Ruz, ha vertido sobre él para justificar su cese.

En un comunicado, Bernier asegura que las palabras de Ruz constituyen "un relato sesgado e interesado, magnificado y simplificado según su interés, de asuntos de los que, por naturaleza, es la principal responsable

Esta decisión se adoptó en el Consejo Rector de la Fundación Botí celebrado el 11 de marzo y el cese de Bernier constaba en el segundo punto del orden del día del citado consejo bajo el epígrafe "Resolución del contrato especial de alta dirección suscrito con el gerente de la Fundación Provincial de Artes Plásticas".

"Por esta presidencia -en este caso, Marisa Ruz- se propone al Consejo Rector la adopción del siguiente acuerdo: de  conformidad con lo dispuesto en el art 19 de los Estatutos de la Fundación, atendiendo a la gestión desarrollada y en ejecución del control y evaluación que se efectúa por esta Presidencia, se acuerda el libre desistimiento del contrato especial de alta dirección suscrito el 25 de octubre de 2016 con Don Juan Antonio Bernier Blanco como Gerente de la Fundación"

"De acuerdo con lo previsto en su Cláusula Undécima. e) y en el artículo 11.1 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de Alta Dirección, procediendo en consecuencia a larescisión del mismo", continua.

El expediente añade que "el presente acuerdo surtirá efectos desde el día de la notificación del mismo, por lo que procederá el abono al interesado de una indemnización de 2.260,27 euros por incumplimiento del plazo de preaviso dequince días previsto en la misma Cláusula contractual citada anteriormente".

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