Estos son los servicios mínimos en hospitales y centros de salud por la huelga de médicos en Córdoba

Sanidad

El SAS ha fijado para este paro una actividad asistencial como un festivo en Atención Primaria y hospitales

Unos 2.500 médicos de Córdoba están llamados a cuatro días de huelga del 9 al 12 de diciembre

Imagen de archivo de la huelga de médicos del pasado mes de junio en Córdoba.
Imagen de archivo de la huelga de médicos del pasado mes de junio en Córdoba. / Miguel Ángel Salas

Unos 2.500 médicos de la sanidad pública de Córdoba están llamados a huelga desde este martes 9 al viernes 12 de diciembre como protesta en defensa de la profesión y de la sostenibilidad del sistema sanitario público y contra el borrador de Estatuto Marco que pretende aprobar el Ministerio de Sanidad .

El Servicio Andaluz de Salud (SAS), dependiente de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía, ha fijado para esta huelga una actividad asistencial como un festivo en Atención Primaria (centros de salud) y hospitales. En el caso de las urgencias, los cuidados críticos y los partos "como mínimo" y la actividad propia de un domingo o festivo.

Así se detalla en la orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) que, igualmente, señala que el SAS establece que deben prestarse el 100% de aquellos servicios que "habitualmente se presten en un domingo o festivo" y que "debe garantizarse el 100% de las pruebas diagnósticas y actividades de carácter urgente que se realicen en un domingo o festivo".

Como "criterios comunes", tanto en Atención Primaria como en hospitales, "debe garantizarse el tratamiento a pacientes afectados por procesos que por su morbilidad requieran una asistencia inmediata, sin romper la continuidad asistencial". De manera específica, en los centros de salud en los que haya un Servicio de Urgencias de Atención Primaria (SUAP), y en los que coincidan los horarios de asistencia, "no habrá servicios mínimos dado que la actividad de urgencias del centro será cubierta en el SUAP, como se hace los sábados, domingos o festivos".

En el caso de que los horarios no coincidan o que el centro de salud no tenga un SUAP, "se designará como servicios mínimos un médico para la atención exclusiva a la urgencia durante el horario de apertura habitual" del ambulatorio.

En el caso de las urgencias hospitalarias, de manera específica, la orden del SAS establece que "los servicios mínimos serán atendidos por la plantilla habitual de médicos de las unidades de urgencias de un fin de semana o festivo".

Se podrá incrementar la dotación "con un máximo de hasta el 50% de los médicos de las urgencias hospitalarias que habitualmente haya un fin de semana" en función del número de Médicos Residentes (MIR) que tenga asignada la unidad. En los servicios de urgencias que tengan asignados menos de tres MIR "no se establece ningún tipo de refuerzo". En el caso del 061, se fija un "90% en cada una de las franjas horarias de los turnos", y en el servicio de teleoperación de los centros adscritos a Salud Responde, el 75% de la plantilla en cada una de las franjas horarias de los turnos.

stats