Córdoba

La Justicia determina que solo existe un Bar Santos en Córdoba

  • Un juez obliga a otra taberna a dejar de utilizar el mismo nombre

Fachada del Bar Santos, en la calle Magistral González Francés, 3.

Fachada del Bar Santos, en la calle Magistral González Francés, 3. / Lolo Agredano

El Bar Santos es "una marca renombrada, más que conocida, que ha creado marca y, como tal atrae clientes" y, por tanto, en Córdoba solo puede existir uno. En este caso, el que se encuentra ubicado en la calle Magistral González Francés -a escasos metros de la Mezquita-Catedral-, y que sirve exquisitas cuñas de tortilla desde 1966, y que recibe a centenares de turistas cada día.

Es la sentencia que ha dictado el Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, después de que Francisco Santos Serrano presentara una demanda contra la taberna Bar Santos, situado en la calle Corregidor Luis de La Cerda. 

El fallo ordena al propietario de este último establecimiento "al cese inmediato de toda forma de utilización de la marca, así como le prohíbe realizar en el futuro cualesquiera actos consistentes en la utilización de la citada marca, y por último a la publicación de la sentencia en dos diarios de difusión nacional y local", según ha informado la familia.

En la sentencia, además, el magistrado recuerda que el bar de la calle Corregidor Luis de La Cerda "no tiene nada que ver con la familia Santos, ni su local data del año 1966". Es más que evidente e irrefutable, continua el juez, "que el demandado ha elegido ese nombre y esa gráfica con intención obvia de hacer coincidir su local con la fama y conocimiento del original". 

En esta misma línea, asegura también que el propietario del establecimiento de la calle Corregidor Luis de la Cerda "podía haber elegido, por ejemplo, Taberna Bar Palacios, pero ha elegido el nombre de Santos y, además, lo hace reproduciendo gráficamente la foto estampada en azulejo que se encuentre en el local original. Parece absurdo no reconocer que la intención es más que evidente". 

El juez, además, ordena la cancelación del correspondiente asiento registral de la inscripción de la marca española Taberna Bar Santos Córdoba 1966.

La sentencia insiste en que la marca de este establecimiento hostelero se diferencia por "sus tortillas, que sólo se pueden consumir en Córdoba y en ese establecimiento, es decir, que no se pueden mandar tortillas del Bar Santos a Murcia o a Madrid" y subraya que la fama del Bar Santo "sin duda, es notoria y traspasa incluso las fronteras de la propia localidad de Córdoba". 

En su argumentación, el juez insiste en que “desde luego habrá pocos cordobeses que no sepan donde se sitúa y cuáles son las especialidades de este conocido bar”. Como razonamiento, subraya que “no hay más que pasar un día por la puerta del mismo para apercibirse de su fama y la atracción de turistas que pasean por la zona, atraídos precisamente por esa fama de sus tortillas”.

Es más, aporta una búsqueda en Google, en la que aparece como primera página la plataforma TripAdvisor, donde los viajeros dejan reseñas de los lugares por donde pasan. Así, expone una opinión que ha dejado recientemente un usuario de Barcelona, en la que asegura que es el Santos “un bareto simpático. Es de estos lugares cuya fama se ha ido incrementando tan solo por una curiosidad: Sus tortillas inmensas. Cercana a la Mezquita se ha convertido en un lugar más de turismo y pode decir: Sí, yo tomé la tortilla del bar Santos”.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios