El juez militar visitará Cerro Muriano la próxima semana para instruir nuevas diligencias
Sucesos
El titular del Juzgado Togado Militar 21 de Sevilla considera que los hechos investigados pueden ser constitutivos de un presunto delito contra la eficacia del servicio
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El titular del Juzgado Togado Militar 21 de Sevilla, competente para investigar el caso de los dos militares fallecidos ahogados el pasado diciembre durante unas maniobras en la base de Cerro Muriano, se desplazará la próxima semana a las instalaciones para instruir nuevas diligencias.
En concreto, según han informado a Efe fuentes judiciales, la comitiva que acompañará al juez tiene previsto visitar la base el martes 19 de marzo y las principales diligencias se centrarán en la zona del lago, lugar donde ocurrió el suceso por el que están investigados hasta tres mandos de la base: un sargento, un capitán y un teniente.
El juez considera que los hechos investigados pueden ser constitutivos de un presunto delito contra la eficacia del servicio, que se produce cuando el militar, por "imprudencia grave y durante la ejecución de un acto de servicio de armas, causara la muerte o lesiones constitutivas de delito".
Tras la visita a la base y realizar una inspección de la zona, durante toda la próxima semana se llevará a cabo la toma de declaraciones a los tres mandos investigados, peritos y diversos testigos, como los servicios de emergencias que trabajaron en la búsqueda y rescate de los cuerpos de los militares, todos ellos en sede judicial en Sevilla, según las fuentes.
Previamente, el próximo lunes, el abogado que representa a la familia del soldado Carlos León, el penalista Luis Romero, tiene previsto informar en la capital sevillana sobre las últimas novedades relativas a la instrucción del caso, que finalmente recayó en el juez militar tras la inhibición del juez ordinario y la ratificación de la Audiencia Provincial.
En su auto judicial, el titular del Tribunal Militar indica que durante el ejercicio realizado el pasado 21 de diciembre en Cerro Muriano, consistente en el "cruce de un cauce de agua", las medidas de seguridad empleadas "en orden a la correcta realización del ejercicio programado, en principio, no cumplieron la función pretendida".
Según el escrito del juez, la cuerda utilizada para que los participantes en el ejercicio "pudieran asirse a la misma para el caso de que fuera necesario, no reunía los requisitos para ello", así como "tampoco lo hizo la mochila empleada" para "proporcionarles flotabilidad".
El juez expone que "muchas de las mismas no estaban convenientemente estanqueizadas y otras tenían un exceso de peso" debido a que contenían "lo que parece ser una mina de instrucción de 3,5 kilogramos" usadas en otros ejercicios anteriores y que no fueron retiradas en ese momento, lo que pudo motivar, por ambos casos, que las mochilas "como elemento de seguridad, no fueran aptas para tal fin".
Por ello, el escrito señala que, "en principio", puede existir una "relación de causalidad entre la posible falta de idoneidad de estas medidas de seguridad empleadas en el ejercicio realizado" con el "resultado producido", como fue la muerte de los dos militares
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