El juez decano asegura que "no todo lo legal es justo, ni todo lo justo es legal"
La anulación de la doctrina Parot deja en libertad "a individuos que han cometido crímenes bárbaros"
El juez decano de Córdoba, José Carlos Romero Roa, opina sobre la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo tras anular la doctrina Parot que "no todo lo legal es justo, ni todo lo justo es legal", al tiempo que argumenta que "desde el punto de vista personal hay muchas cosas que pueden dolerme, pero desde el punto de vista judicial hay muchas cosas que tengo que hacer, porque es mi trabajo y es el cumplimiento de la legalidad".
Romero Roa defiende que los jueces están "sometidos al principio de legalidad", de manera que "es al legislador a quien le corresponde decidir el contenido y el momento de promulgación de la norma". Así, recuerda que "el Código Penal no se modificó hasta el año 1995 y determinadas cuestiones de cumplimiento íntegro de penas no se modificaron hasta 2003, esa es la realidad".
No obstante, "más allá de la injusticia, referido al término Justicia con mayúscula, que puede suponer dejar en libertad a individuos que han cometido crímenes bárbaros y execrables", según destaca, "lo que ha hecho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es resolver una cuestión de matices jurídicos".
De este modo, considera que "es como todas las resoluciones judiciales", puesto que, tal y como comenta, "igual que se ha aplaudido la del Tribunal de Justicia en las cuestiones hipotecarias y la protección de consumidores, cuando uno cede parte de su soberanía o cede determinadas competencias interpretativas a un tribunal superior ha de aceptar las consecuencias de la resolución de ese tribunal, en unas ocasiones favorable, en otras desfavorable".
En este sentido, el representante de los jueces cordobeses alude al artículo 10.2 de la Constitución Española (CE), que "obliga a interpretar los derechos fundamentales conforme a los convenios y la interpretación que dan los órganos establecidos en esos convenios internacionales". Por tanto, Romero Roa señala que "desde el punto de vista jurídico es indiscutible, más discutible es cómo se aplica la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a cada caso concreto".
Al respecto, el juez decano hace mención a lo que ocurrió en el caso Barberà, Messegué y Jabardo, "cuando el TEDH declaró nula la sentencia que les había condenado, algo similar a lo que pasa ahora", al tiempo que ve "evidente" que "si un país está vulnerando un derecho fundamental, poco cumplimiento está dando a los tratados internacionales".
Romero Roa confiesa que "el respeto a los órganos jurisdiccionales" le impide decir qué cree que "se debería de hacer". En el caso concreto de Córdoba, el etarra Juan Carlos Arruti Azpitarte Paterra es uno de los reclusos de la banda que pueden salir de la cárcel tras la anulación de la doctrina Parot. Está condenado a más de 1.200 años por diversos delitos de terrorismo, se encuentra en la cárcel de Alcolea desde 2008 y se le aplicó la doctrina en febrero de 2010, con fecha de excarcelación en septiembre de 2019.
Entretanto, el juez decano precisa que "el problema es que cuando uno acepta una jurisdicción internacional la acepta para cumplirla, no podemos cumplir cuando queramos", a lo que añade que "se puede estar de acuerdo con unas cosas y estar de acuerdo con otras, pero el respeto a la ley, los tribunales y el orden establecido es algo fundamental para que funcione un Estado". Y es que, en su opinión, "si no nos creemos eso, acabamos por no creer nada".
También te puede interesar
Contenido Patrocinado
Contenido ofrecido por Restalia