Educación Superior

Hasta tres años de expulsión de la Universidad de Córdoba por plagiar para el trabajo de fin de grado

  • La máxima sanción deberá constar en el expediente académico del alumnado hasta su total cumplimiento 

  • La institución académica aprueba el reglamento de convivencia universitaria

Alumnado de la UCO en el Campus de Rabanales.

Alumnado de la UCO en el Campus de Rabanales. / Juan Ayala

Es la máxima sanción a la que se puede enfrentar cualquier estudiante de la Universidad de Córdoba (UCO): hasta tres años de expulsión por cometer alguna falta muy grave. Esta es una de las medidas incluidas en el reglamento de convivencia universitaria que ha aprobado la institución académica en el último consejo de gobierno.

Se trata de un reglamento que fija tres tipos de faltas -muy graves, graves y leves -, además de las sanciones correspondientes, y de un procedimiento de mediación.

El régimen disciplinario del estudiantado se aplicará en aquellas conductas que “quebranten la convivencia o que impidan el normal desarrollo de las funciones de docencia, investigación y transferencia del conocimiento”, según consta en el citado reglamento.

El texto, al que ha tenido acceso El Día de Córdoba, recoge que “se entiende incluida en ellas la actividad desarrollada por el estudiantado en las instalaciones, sistemas y espacios de la UCO, en el marco de actividades organizadas por la Universidad o en las que se participe en su representación o se utilice públicamente su nombre o identidad corporativa”.

Faltas muy graves

Pero, ¿qué considera la UCO como faltas muy graves? Pues hasta un total de doce, según el citado documento. Estas son algunas de ellas:

  • Novatadas
  • Acosar o ejercer violencia grave contra cualquier miembro de la comunidad universitaria
  • Acosar sexualmente o por razón de sexo
  • Discriminar por razón de sexo, orientación sexualmente
  • Alterar, falsificar, sustraer o destruir, por cualquier medio, documentos académicos, incluidas las actas o cualquier prueba de evaluación
  • Destruir y deteriorar de manera irreparable o sustraer obras catalogadas del patrimonio histórico y cultural de la UCO
  • Plagiar total o parcialmente una obra o cometer fraude académico en la elaboración del trabajo de fin de grado, el de fin de máster o la tesis doctoral. En concreto, se entiende como fraude académico cualquier comportamiento premeditado, realizado a través de cualquier medio, tendente a falsear los resultados de un examen o trabajo, propio o ajeno, realizado como requisito para superar una asignatura o acreditar el rendimiento académico.

Sanciones por faltas muy graves

Si cualquier alumno comete alguna de las faltas citadas, las sanciones recogidas en el reglamento son las siguientes:

  • Expulsión desde dos meses hasta tres años de la Universidad de Córdoba. La sanción conexpulsión deberá constar en el expediente académico hasta su total cumplimiento.
  • Cuando la falta se refiera al plagio o fraude académico en la elaboración de la tesisdoctoral, la sanción estará dentro de la mitad superior de la horquilla a que se refiere elpárrafo anterior
  • Pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso o semestre académico

Alumnos en el Campus de Rabanales. Alumnos en el Campus de Rabanales.

Alumnos en el Campus de Rabanales. / Juan Ayala

Faltas graves

El reglamento también establece las faltas graves que son las siguientes:

  • Acceder a instalaciones universitarias a las que no se tenga autorizado el acceso.
  • Utilizar los servicios universitarios incumpliendo los requisitos establecidos degeneral conocimiento.
  • Realizar actos que deterioren los bienes del patrimonio de la Universidad 
  • Cometer fraude académico distinto al de las faltas muy graves. En este caso están incluidas estas conductas:
  1. Copiar de la prueba de evaluación de otro estudiante con o sin el consentimiento de este último.
  2. Copiar mediante el uso de material no autorizado durante las pruebas de evaluación (chuletas, libros de texto, hojas de examen con código distinto al de la sesión, anotaciones en los libros, etc.).
  3. Facilitar a otro estudiante la copia en los exámenes.
  4. Plagiar en un trabajo presentado para la evaluación.
  5. Valerse de dispositivos electrónicos para la realización de las pruebas de evaluación, salvo autorización expresa del docente responsable del aula.
  • Utilizar de manera indebida contenidos o medios de reproducción y grabación de las actividades universitarias sujetas a derechos de propiedad intelectual
  • Incumplir las normas de seguridad y salud establecidas por la Universidad, en particular la prohibición de fumar en todo el recinto universitario.

En este caso, las sanciones por la comisión de este tipo de faltas son diferentes e incluye también la expulsión de hasta un mes de la UCO. En este caso, la sanción no se puede aplicar durante los periodos de evaluación final y de matriculación. La pérdida del derecho a la convocatoria ordinaria en el semestre académico en el que se comete la falta y la amonestación privada son otras de las sanciones.

El reglamento también señala que en los fraudes académicos y el resto de faltas que impidan evaluar la prueba o examen, además de la sanción, se procederá la descalificación en esa asignatura y convocatoria con "suspenso 0"

Graduación de las sanciones

Y, cómo se gradúan las sanciones según el tipo de faltas. Pues será un órgano competente el que concretará el castigo adecuándola al caso concreto, siempre de forma motivada, según el principio de proporcionalidad y ponderando de conformidad con varios criterios, como la intencionalidad, premeditación o reiteración o la naturaleza de los perjuicios causados y sus consecuencias para la Universidad o para los miembros de la comunidad universitaria.

A todos estos factores, se suman el ánimo de lucro, el reconocimiento de responsabilidad, mediante la comunicación del hecho infractor a las autoridades universitarias con carácter previo a la iniciación delprocedimiento disciplinario o de diligencias previas o a la denuncia de los hechos, en su caso, además de la reparación del daño con carácter previo a la iniciación del procedimiento disciplinario o de diligencias previas o a la denuncia de los hechos, en su caso.

Junto a ellos, se añaden las circunstancias personales, económicas, de salud, familiares o sociales de la persona infractora y el grado de participación en los hechos.

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