Las hermandades deberán pedir autorización al Ayuntamiento con 30 días de antelación para sus procesiones
La Junta de Gobierno Local aprueba una nueva instrucción para la concesión de autorizaciones de ocupación de las vías públicas y de los espacios municipales de uso público
Concluye la reforma integral de la Ronda del Marrubial
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado este lunes una nueva instrucción para la concesión de autorizaciones de ocupación de las vías públicas y de los espacios municipales de uso público, tal y como ha detallado la edil del gobierno municipal Cintia Bustos.
Esta instrucción corresponde a la Delegación Municipal de Seguridad y Vía Pública. "Afecta a tres bloques diferenciados de actividades. En primer lugar, afecta a aquellas actividades que están organizadas por las propias entidades municipales, las que organiza el Ayuntamiento y nuestras empresas; a las actividades religiosas, básicamente las procesiones celebradas a lo largo del año; y a las actividades privadas que no se consideran espectáculos por la Ley de Espectáculos Públicos" ha detallado Bustos.
En la nueva instrucción se recoge que, conforme al artículo 4 de la vigente Ordenanza Municipal de Circulación, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, le corresponde al Ayuntamiento de Córdoba la competencia consistente en la concepción, planificación, diseño, planteamiento y supervisión técnica de la circulación y el transporte en este municipio, así como de la señalización vial y de la expedición de las autorizaciones relacionadas con las atribuciones anteriores.
Así como que la tramitación de las solicitudes y la resolución de las autorizaciones para la realización de actividades religiosas que afecten a la circulación por las vías públicas del casco urbano, tales como procesiones, vía crucis, ensayos, traslados-mudá de pasos y otras actividades religiosas similares, corresponderá a la Delegación de Seguridad (Policía Local).
Y se insiste en que las solicitudes de actividadesreligiosas que afecten a la circulación por las vías públicas del casco urbano se dirigirán a la Delegación de Seguridad (Policía Local) con 30 días naturales de antelación al día previsto para la celebración.
La solicitud de autorización deberá adjuntar la siguiente documentación: memoria descriptiva de la actividad donde se especifique, en los casos que proceda la descripción de la actividad y fecha o período de celebración; un croquis preciso del recorrido, itinerario y horario probable de paso por los distintos lugares significativos de dicho recorrido; la identificación de la persona o personas responsables de la organización del acto; y copia de la póliza en vigor del seguro de responsabilidad civil, que contenga las coberturas legalmente previstas.
El informe preceptivo de la Policía Local deberá ser emitido en el plazo de diez días hábiles desde la fecha de la solicitud. De este informe se dará traslado a la Unidad de Autorizaciones de Vía Pública a los efectos de planificación del espacio público. Dicho plazo puede ser excepcionado por causa debidamente justificada, causa que será apreciada por el coordinador general de Seguridad.
Actividades municipales y privadas no consideradas espectáculos
En el caso de las actividades promovidas por los diferentes servicios gestores municipales, juntas municipales de distrito, organismos autónomos locales o empresas públicas municipales, el servicio gestor municipal deberá presentar una solicitud/comunicación (asignación de tarea) por cada una de las actividades que pretenda realizar, dirigidas a la Unidad de Autorizaciones y a la Policía Local por el tramitador de expedientes municipales con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de celebración de la actividad.
En el apartado de las actividades privadas que no se consideran espectáculos se incluyen las diversas modalidades de ocupación del dominio municipal de uso público, con o sin estructuras simples, que los promotores privados solicitan ante la Unidad de Autorizaciones, tales como mesas, sillas, altavoces de batería, carpas de hasta 3x3 metros cuadrados y elementos y estructuras similares, mesas petitorias, exhibitorias, informativas, y otras actividades similares.
En este último apartado las solicitudes se dirigirán a la Unidad de Autorizaciones con 20 días hábiles de antelación al día previsto para la realización de la actividad. La solicitud deberá adjuntar una memoria descriptiva de la actividad; la designación de la ubicación donde se celebrará, identificada mediante plano y fotografía del lugar exacto; y la fecha o período de celebración, que deberá incluir el tiempo necesario para realizar las operaciones de montaje y desmontaje de estructuras, si es el caso, y el horario de celebración.
Además de, en caso de ser preceptivo legalmente, copia de la póliza en vigor del seguro de responsabilidad civil, que contenga las coberturas legalmente previstas y recibo justificativo de su vigencia; en su caso, justificante del abono de tasa y/o de la constitución de fianza establecida por la normativa; y cualquier otra documentación preceptiva exigida por la normativa según la naturaleza de la actividad.
Temas relacionados
No hay comentarios