Tribunales

El juez no encuentra indicios de favorecimiento a empresas en el caso Infraestructuras denunciado por Dorado

David Dorado, a su llegada a la Ciudad de la Justicia para declarar.

David Dorado, a su llegada a la Ciudad de la Justicia para declarar. / Juan Ayala

El Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba ha vuelto a rechazar, como ya hiciera el pasado septiembre, las diligencias propuestas por el exedil David Dorado en el segundo caso Infraestructuras, que él denunció. Respecto a las mismas, el magistrado defiende que "no ha aparecido ni un solo indicio que informe de que ha tenido lugar una limitación de la libre concurrencia o el favorecimiento de determinadas empresas".

Los hechos de la causa del caso Infraestructuras que fue denunciada por Dorado se remontan al año 2013, causa que tiene que ver con contratos realizados por el área municipal de Infraestructuras relativos al alumbrado público. Esos contratos denunciados por quien fuera edil de Infraestructuras hasta que el alcalde lo cesó tras estallar la primera de las causas de dicho caso -que motivó incluso su detención y por el que está imputado- sumaban más de 400.000 euros y buena parte de ellos habían sido adjudicados a la misma empresa y redactados por el mismo responsable técnico de la Delegación de Infraestructuras.

El juez insiste en que "las diligencias de instrucción propuestas por la representación procesal del señor Dorado se antojan manifiestamente impertinentes", destacando, entre otros motivos, que "no se indica en ningún momento la razón de pertinencia de las mismas" y que "exceden manifiestamente de los hechos que han sido objeto de denuncia por el Ministerio Fiscal". Asimismo, el magistrado insiste en que "su complejidad  puede provocar una dilación no deseable de la causa, sin que la inclusión en la misma de tan vasta documental como la propuesta parezca, ni indispensable, ni útil a la investigación de los hechos denunciados, incrementado sin necesidad el material instructor acuñado, entrañando manifiesto riesgo de causar una merma en la claridad de la instrucción, ya profundamente enturbiada por el bombardeo de documentos que viene sufriendo".

El juez recuerda, "una vez más", que  los hechos objeto de la denuncia formulada por el Ministerio Fiscal y tienen que ver con limitaciones a la libre concurrencia en las contrataciones realizadas por el Ayuntamiento de Córdoba en el ámbito del alumbrado municipal, así como el favorecimiento de determinadas entidades en dichas contrataciones, aparte la posible falsedad de determinadas facturas giradas. "En este contexto, como ya advirtiéramos en anterior resolución, aun a riesgo de exteriorizar un parecer (a estas alturas de la instrucción creemos estar ya autorizados a ello), al día de la fecha, a juicio de este instructor, no ha aparecido ni un solo indicio que informe de que ha tenido lugar una limitación de la libre concurrencia o el favorecimiento de determinadas empresas", insiste.

Asimismo, el magistrado añade un nuevo fundamento de rechazo de las diligencias solicitada. Defiende que las mismas suponen claramente una ampliación de los hechos objeto de la denuncia del Ministerio Fiscal, "y ni el señor Dorado, como tampoco otras partes personadas, es perjudicado por el delito ni, haciendo uso de la acción popular ha ofrecido prestación de fianza". El juez continúa señalando que, en estos términos, como igualmente quedó dicho en otra resolución, su intervención ha de considerarse adhesiva a la del Ministerio Público, "por lo que, sin negarle el derecho a proponer diligencias de instrucción,este debe entenderse limitado a los términos de la denuncia, sin excederse de las cuestiones que constituyen el verdadero objeto de la investigación". "Y no estamos dispuestos a permitir, tampoco, que su intervención procesal prestada puede perturbar la buena marcha de una instrucción penal sobre unos hechos que, repetimos, no le conciernen a título personal", concluye, para rechazar las diligencias propuestas.

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