Todas las deducciones del IRPF que desaparecen de la declaración de la Renta 2025 tras el 'no' del Congreso
El rechazo en la Cámara alta deja en el aire varias deducciones clave del IRPF con impacto directo en la Declaración de la Renta de este año
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El pleno del Congreso de los Diputados, con la mayoría que suman el PP, Vox y Junts, ha derogado por segunda vez en un mes el decreto que prorroga la suspensión de los desahucios de familias vulnerables y otras medidas del conocido como escudo social, como la prohibición de cortar los suministros básicos. Un decreto que incluía, entre otros, medidas como la prórroga de la suspensión de los desahucios, además de una serie de incentivos fiscales en el IRPF que han desaparecido.
Estos son los incentivos fiscales que han caído con el rechazo del decreto y cuáles siguen plenamente vigentes a efectos de la Renta 2025.
Deducción por obras de rehabilitación energética
Es, sin duda, uno de los bloques más afectados. Hay tres tipos de deducción estatal en este ámbito, de las que dos han desaparecido para las obras hechas a partir de 2025; la tercera se mantiene vigente, aunque con fecha de caducidad próxima.
- Deducción del 20% por reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. En este caso, va a quedar limitada a las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024. Hay que recordar que el decreto rechazado la prorrogaba hasta el 31 de diciembre de 2026, e incluso hasta 2027 en los casos de vivienda con expectativa de arrendamiento. Sin esa prórroga, las obras ejecutadas desde 2025 no darán derecho a la deducción.
- Deducción del 40% por mejora del consumo de energía primaria no renovable. Los contribuyentes ya no podrán deducir el 40% (hasta un máximo de 7.500 euros) por obras en viviendas habituales, en alquiler o con intención de alquilar que reduzcan, al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética 'A' o 'B', en la misma escala de calificación. Ahora, la deducción tiene en cuenta las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Deducción del 60% por rehabilitación energética de edificios: último año para aplicarla
Compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga
El Congreso de los Diputados también ha tumbado la deducción del 15% en el IRPF para la compra de vehículos electrificados a lo largo de este ejercicio de 2026. De esta forma, quienes hayan comprado o piensen adquirir un vehículo eléctrico o instalar un punto de recarga, perderán el derecho a aplicar las deducciones en la Declaración de la Renta de 2026 (a presentar en 2027).
Autónomos en módulos
El decreto derogado incluía también la prórroga para 2026 de los límites excluyentes del método de estimación objetiva para autónomos, conocidos como módulos. Se trata de un régimen que permite calcular el rendimiento a partir de parámetros objetivos (número de empleados, consumo eléctrico, metros del local), lo que simplifica la gestión fiscal y aporta previsibilidad en los pagos.
Sin la prórroga, los umbrales de ingresos y compras que determinan el acceso a este régimen volverán a los niveles anteriores al decreto, lo que podría obligar a un número significativo de autónomos a migrar al método de estimación directa con escaso margen de planificación.
Imputación de rentas inmobiliarias: del 1,1% al 2%
Los propietarios de inmuebles, que no constituyen su residencia habitual ni están arrendados, también están afectados por el rechazo en la Cámara alta. Hay que recordar que estas personas tributan de manera anual en el IRPF por una renta imputada, calculada como un porcentaje del valor catastral del inmueble.
El decreto derogado mantenía ese porcentaje en el 1,1% para los inmuebles cuyos valores catastrales hubiesen sido revisados desde el 1 de enero de 2012. Ahora, sin esa prórroga, el porcentaje aplicable pasa al 2%, lo que supone prácticamente doblar la carga fiscal sobre este tipo de propiedades.
Hacienda tiene cuatro años para revisar la declaración
La Agencia Tributaria dispone de un plazo de prescripción de cuatro años para revisar las declaraciones del IRPF. Eso significa que Hacienda podrá examinar la Declaración de la Renta de 2025 hasta el año 2029 y reclamar diferencias si el contribuyente hubiese aplicado deducciones que, a la postre, no resulten vigentes.
Ante la complejidad e incertidumbre que rodea la campaña de la Renta de este año, los expertos recomiendan revisar con especial atención qué deducciones son efectivamente aplicables antes de presentar la declaración.
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