Tribunales

Condenan a 17 años de cárcel a una madre por trata, matrimonio forzoso y delitos sexuales a su hija en Córdoba

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Ciudad de la Justicia de Córdoba. / El Día

Una mujer en Córdoba ha sido condenada con 17 años y seis meses de cárcel por vender a su hija, casarla y permitir que la agredieran sexualmente cuando tenía 12 años. Así lo ha confirmado la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba.

Los hechos ocurrieron en el mes de marzo 2021, cuando la menor convivía en un asentamiento de la capital junto a sus hermanos, su madre y la pareja de ésta. Éstos últimos tenían contraída una deuda con un matrimonio por importe de 4.000 euros que con insistencia estos venían reclamándoles.

Debido a que no poseían de dicha cantidad, la progenitora y su pareja acordaron contraer un acuerdo con los acreedores por el cual decidieron que su hija fuera casada con otro menor de 17 años, sobrino de la mujer que le reclamaba el dinero. De este modo, la familia del chico pagaría a los deudores la cantidad que necesitaban para poder saldar la deuda que contraían. 

La menor, que apenas conocía al joven, "carecía de toda capacidad de decisión", además de "manifestar su negativa en tomo momento", según consta en los hechos probados que figuran en la sentencia. El día 21 de marzo tuvo lugar la celebración del acto de casamiento, si bien, previo a ello se celebró otro ritual que consistía en comprobar la virginidad de la menor. 

Durante este acto, la menor opuso resistencia, no obstante, la madre del contrayente y la tía sujetaron a la niña para que el futuro esposo pudiera mantener relaciones sexuales, todo ello con consentimiento de la madre de la menor, que estaba presente en la escena. 

Seguidamente, y cumpliendo con lo acordado en el trato, la menor fue trasladada a La Coruña, lugar de residencia de su ya marido y la familia de él. Una vez allí convivieron "como un matrimonio", si bien "ella nunca prestó su consentimiento a mantener relaciones sexuales", como se explica en los hechos probados. 

"La menor fue sometida a los deseos de su marido y su suegra, quien le retiró toda documentación, obligándola a permanecer en el domicilio, del cual no podían salir, a fin de garantizar el pacto económico". Finalmente, en abril de 2021 la Brigada Provincial de Policía Judicial de Córdoba practicaron diligencias de entrada y registro en dicho domicilio localizando de esta forma a la niña. La Junta de Andalucía en su condición de Entidad Pública de Protección de Menores, declaró el desamparo provisional de la menor en el mismo mes del 2021. 

Los hechos probados, tal y como especifican los fundamentos jurídicos de la sentencia son constitutivos de un delito de trata de seres humanos, así como otro de agresión sexual a una menor, de en aquel momento, 12 años. 

Condenas

El fallo condena a la madre de la menor, y a la tía y madre del joven con el que se casó como autoras responsables de un delito de agresión sexual a doce años y seis meses de prisión. Además, también se otorga la pena accesoria de prohibición de acercarse a menos de trescientos metros de la persona, el domicilio o el lugar donde se hallare, no pudiéndose comunicar con ella por ningún medio, durante ocho años.

Asimismo se le imponen a las acusadas la pena de libertad vigilada consistente en la misma prohibición anterior y por el mismo tiempo, tras el cumplimiento de la pena de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela o acogimiento por tiempo de cuatro años e inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por tiempo de 17 años y 6 meses.

Por otra parte, también se le condena a la madre de la pequeña, a su pareja y a los dos acreedores de la deuda inicial, como autores responsables de un delito de trata de seres humanos, a las penas de cinco años de prisión, con abono del tiempo que han estado ya privadas de libertad en esta causa, y con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, imponiendo a la progenitora la privación de la patria potestad hacia su hija. 

La Audiencia también ha condenado a dos años y seis meses de prisión al hermano del menor que se casó con la niña como cómplice de este delito. Y también, todos los acusados tendrán la obligación de abonar a la menor de manera conjunta, la suma de doce mil euros, por daños morales. 

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