Inclusión

Estos son los criterios de accesibilidad que deberán cumplir las actividades y espectáculos municipales en Córdoba

  • El Ayuntamiento ha aprobado una guía de buenas prácticas para la organización de estas citas

Una persona con discapacidad en el Gran Teatro de Córdoba.

Una persona con discapacidad en el Gran Teatro de Córdoba. / Juan Ayala

Todas las actividades realizadas durante un evento deben ser diseñadas teniendo en cuenta la participación de las personas con discapacidad, esa es la base de la nueva Guía de buenas prácticas para la planificación, organización y desarrollo de eventos públicos municipales que ha aprobado la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba este lunes, y que incluye medidas que van desde contar con profesionales de lenguaje de signos hasta los criterios de diseño gráfico para imágenes, vídeos y sonido de espectáculos.

Según la guía, redactada por la Delegación de Inclusión y Accesibilidad, el objetivo es que los eventos en Córdoba sean lo más accesibles e inclusivos posible para todas las personas, pero especialmente aquellas con discapacidad, sea esta física, mental, intelectual, sensorial o múltiple. 

Así, entre las cosas que destacan en el documento, reza que el contenido audiovisual deberá incorporar subtítulos, interpretación en lenguaje de signos, locución y un lenguaje sencillo. Los vídeos que solo se componen de imágenes con música y aquellos en los que la locución no sea significativa deben incorporar audiodescripción.

La información escrita en pantallas debe complementarse con información oral e incorporar subtítulos, disponer de interpretación en lengua de signos española o contar con la participación presencial de un intérprete, así como estar locutados y los audiovisuales que solo se componen de imágenes con música deben incorporar audiodescripción.

La persona que habla debe tener la boca visible para facilitar la lectura labial y situarse en un lugar iluminado y hacerlo a través de micrófono conectado a un sistema de bucle magnético para facilitar la audición a todo el público y especialmente a las personas con audífono o implante coclear. 

Durante la actividad o espectáculo deberá participar un intérprete en lengua de signos española que sesituará en un lugar iluminado próximo, en su caso, a la reserva de espacio para personas sordas o con discapacidad auditiva. En los casos en los que la actividad lo requiera, el intérprete acompañará a las personas sordas o sordociegas durante el evento.

Los archivos y las imágenes que se usen durante la actividad o para su promoción deberán incorporar texto alternativo que trasmita la información contenida en la imagen o documento con un formato de texto legible por programas de lectura de pantalla. 

La cartelería, folletos y el material publicitario impreso debe ayudar a difundir el evento entre las personas con dificultad para el acceso a internet. Es conveniente, según esta guía, colocar dicho material en espacios frecuentados por el público general y por personas con discapacidad: centros de participación activa de mayores, centros de servicios sociales, centros cívicos y casa ciudadana.

El diseño del contenido del material impreso debe usar un lenguaje sencillo o estar redactado en lectura fácil, emplear un tipo de letra sans serif: arial, calibri, helvética o verdana, por ejemplo. Tener un tamaño de letra mínimo de 30 milímetros y el texto no debe situarse sobre imágenes o fotografías. La letra debe tener un fuerte contraste respecto al color del fondo en el que se sitúa, mientras el color del cartel debe contrastar respecto al color del fondo. El cartel debe incluir un código QR que conduzca a un soporte y contenido digital accesibles que proporcione la misma información del cartel a las personas usuarias de programa de lectura de pantalla.

Si es posible, también podría incorporar un código Navilens (como los disponibles en algunas paradas de autobuses de Aucorsa) para personas con discapacidad visual que aporte locución, información descriptiva, guías con señales de orientación.

Reserva de plazas e itinerarios accesibles

En eventos con aforo limitado, se debe informar de la posibilidad de hacer reserva de plaza preferente para personas con discapacidad, mientras que si el evento es una actividad con aforo limitado que no implica reserva reglamentaria de asientos (visitas guiadas, talleres, cursos) se realizará una reserva mínima de plazas del 5% con al menos dos reservas.

En eventos con asientos, los asistentes deben solicitar información sobre la reserva de plaza preferente para personas con discapacidad: si solicita espacio reservado para personas usuarias de silla de ruedas, si solicita espacio reservado para personas con discapacidad auditiva o para personas con discapacidad visual, si participa con acompañante o asistente personal.

El lugar de celebración del evento debe situarse en un entorno urbano con unas condiciones de accesibilidad adecuadas para el desplazamiento peatonal y rodado de las personas con discapacidad. Hasta el lugar donde se celebra la actividad debe existir un itinerario peatonal accesible (con anchura suficiente del acerado, pavimento podotáctil y vados en pasos peatonales) hasta uno o varios estacionamientos próximos reservados para vehículos de titulares de tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

El lugar donde se celebra la actividad debe prever un espacio, lo más cercano posible al acceso principal, para que los taxis adaptados y aquellos otros que transporten personas con discapacidad puedan parar para la subida y bajada de pasajeros.

Debe existir un itinerario accesible de conexión en autobús urbano entre el lugar de celebración y las paradas de autobús más cercanas. Las paradas y los vehículos también deben ofrecer las medidas de accesibilidad necesarias para su uso por las personas con discapacidad.

Es frecuente que los espacios elegidos alteren su configuración inicial con la delimitación de itinerarios o colocación de escenarios, asientos para el público, mesas y sillas, proyectores y ordenadores y aseos portátiles, entre otros. El espacio transformado también debe cumplir las condiciones de accesibilidad

Las barras de bar o espacios de venta deberán disponer de un tramo de al menos 80 centímetros de ancho con una altura de entre 70 y 85 centímetros para que sean accesibles a personas usuarias de sillas de ruedas.

Los aseos adaptados, incluso los portátiles, que deberán situarse en la misma ubicación que el resto de baños, cercanos a los puntos de estancia de quienes participan en la actividad o evento. Para llegar a su ubicación habrá de existir un itinerario libre de obstáculos y desniveles y presentarán, si es necesario, una rampa para su acceso.

En salones de actos, salas de conferencias y otros espacios acondicionados con asientos, la reglamentación establece una cuantía mínima de plazas reservadas para personas con discapacidad. Sus claves de accesibilidad e inclusión son la reserva para personas con discapacidad auditiva en las primeras filas, en una zona próxima a la intérprete en lengua de signos española. El espacio debe disponer de sistema de mejora acústica por bucle magnético o similar, y la reserva para personas con discapacidad visual o baja visión en una zona preferente con buena visibilidad, con asientos contiguos para los acompañantes.

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