Ocho años de cárcel para un abuelo por agresión sexual a su nieta en Córdoba, a quien decía que era "jugar a las casitas"
Sentencia
La víctima contó lo sucedido en el servicio de orientación de su centro escolar años después de los hechos
El TSJA reduce de 11 a ocho años la condena al entender que fue un único delito de agresión sexual continuada en lugar de dos delitos
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de prisión a un abuelo que agredió sexualmente a su nieta, menor de edad, en Córdoba hasta en una veintena de ocasiones. El alto tribunal, no obstante, rebaja de oficio la condena de 11 a ocho años de prisión, al entender que el encausado cometió un único delito de agresión sexual continuada en lugar de dos delitos (uno de abusos y otro de intento de agresión sexual) como la Audiencia Provincial había estimado inicialmente.
La nueva resolución, en todo caso, mantiene íntegro el espeluznante relato de hechos probados, según el cual las agresiones se habrían producido entre los años 2012 y 2014, cuando la menor, su nieta, contaba con apenas 7 años de edad.
Según la sentencia, el acusado se quedaba a cargo como guardador de la niña y su hermano, más pequeño que ella, cuando cubría las ausencias de su madre por motivos diversos. Así, habría aprovechado esta situación "para realizar en tan prolongado espacio de tiempo determinadas conductas sexuales por un número aproximado de veinte", entre ellas intentos de penetración.
El acusado decía que se trataba de “jugar a las casitas”, que si no quería su madre se enfadaría; lo mismo que si se lo contaba. Y estas circunstancias, junto con el sentimiento de la menor por lo sucedido, "logró que guardara silencio durante algunos años, hasta que en el curso de una relación afectiva con otro joven se sintió avergonzada cuando él intentaba alguna caricia".
Este hecho motivó que rememorara lo sucedido en su infancia y lo contara a una amiga, y esta le sugirió que acudiera al servicio de orientación de su centro escolar para recibir la ayuda correspondiente. La menor ha recibido por estos hechos tratamiento psicológico, recuerda la resolución.
Durante el juicio, el condenado negó los hechos, pero el tribunal da absoluta verosimilitud a la declaración de la chica, que cuando fue a juicio ya tenía 17 años. La sentencia destaca especialmente el testimonio en la fase sumarial, pues "confirmó hasta las náuseas que no paraba de pensar en ello, se sentía sucia, le dolía demasiado...".
Además de los ocho años de prisión, el TSJA condena al individuo a la prohibición durante 13 años de acercarse a menos de 500 metros a su nieta, así como a su domicilio, centro educativo o lugar de trabajo y cualquier otro que frecuente, y la prohibición por igual tiempo de comunicarse con ella por cualquier medio. También lo inhabilita para el ejercicio de los derechos de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de cuatro años.
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