El juez absuelve a una inmigrante procesada por una boda de conveniencia

La sentencia considera probado que la mujer no tenía "voluntad real" de contraer matrimonio

Á. R.

19 de mayo 2009 - 01:00

El Juzgado de lo Penal número 5 ha absuelto a una inmigrante brasileña para quien la Fiscalía solicitaba dos años de prisión por simular supuestamente una boda con la finalidad de obtener la tarjeta de familiar de residente comunitario. Aunque el juez considera probado que los datos presentados en el Registro Civil "no se ajustaban a la realidad" y no existía una "voluntad real" de contraer matrimonio, la resolución concluye que estos hechos no constituyen un delito de falsedad en documento oficial, tal y como acusaba el Ministerio Fiscal.

Los hechos se remontan a septiembre de 2005, cuando la encartada -cuya identidad responde a las iniciales F. O. P.- tramitó un expediente ante el Registro Civil haciendo constar datos "que no se ajustaban a la realidad". Pese a esto, la ceremonia se celebró el 18 de noviembre y, cuando sólo habían pasado dos semanas desde la celebración, la mujer presentó ante la Subdelegación la solicitud para que le reconocieran sus derechos como familiar de residente comunitario.

La sentencia expone que la encartada alegó que residía en Córdoba capital con su marido, español, "cuando no era cierto". Frente a la versión de F. O. P., el juez asegura que convivía en la ciudad de Vigo, en Galicia, con otra persona. Los hechos saltaron a la luz pública debido a que la imputada tenía varios procedimientos judicial pendientes en la ciudad gallega en aquellas fechas.

Descubrir un matrimonio de connivencia no es fácil, sobre todo porque las pruebas que han de superar los cónyuges al darse el "sí quiero" son básicas. Una pareja compuesta por un inmigrante sin regularizar y un ciudadano autóctono sólo necesita ir al juzgado con sus documentos de identidad y superar un sencillo cuestionario.

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