Resolución judicial

La Plataforma Mezquita-Catedral pide a Icomos que exija la reposición de la celosía en ejecución de la sentencia

  • El colectivo destaca que la pieza, protegida por la Unesco, sigue guardada y fragmentada en un almacén de la Iglesia cuatro meses después del fallo del Tribunal Supremo

Preparativos de los andamios para la retirada de la celosía de la Mezquita-Catedral .

Preparativos de los andamios para la retirada de la celosía de la Mezquita-Catedral . / El Día

En mayo de 2020, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó la sentencia de un juzgado cordobés que obligaba a reponer la celosía, que fue retirada en 2017 para permitir la apertura de la llamada segunda puerta en la Mezquita-Catedral de Córdoba, cuyo mantenimiento han venido defendiendo la Junta de Andalucía y la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Córdoba. La segunda puerta se abrió con motivo del traslado de la carrera oficial de la Semana Santa al entorno del monumento dado que todas las cofradías deben pasar por el que es el primer templo de la diócesis.

Ahora, la Plataforma Mezquita-Catedral ha enviado un escrito a Icomos, la organización asesora de la Unesco, para que exija el cumplimiento de la ley y "pida la reposición de la gran celosía eliminada por el Cabildo Catedralicio, cuyo permiso fue anulado en sentencia firme por el Tribunal Supremo el pasado 20 de julio de 2021". "Cuatro meses después de la providencia del Alto Tribunal, la gran celosía protegida por la declaración de Patrimonio Mundial de la Unesco de 1984 aún sigue almacenada y troceada en alguna de las dependencias del Obispado de Córdoba", ha insistido el colectivo.

En su escrito, la Plataforma le recuerda a Icomos que la sentencia del TSJA, fechada en mayo de 2020, fue redactada en términos muy taxativos sobre la clara vulneración de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía de 2007 y también de la estatal de 1985. "El fallo dictaminó que tanto la Consejería de Cultura, dirigida entonces por Rosa Aguilar, como el Cabildo Catedralicio de Córdoba infringieron el artículo de la norma andaluza, que limita la intervención en el monumento a la conservación, restauración y rehabilitación”, destaca la plataforma.

El colectivo incide en que la eliminación de la celosía, por lo tanto, no obedecía a ninguno de los tres supuestos estipulados por la Ley de Patrimonio, tal como argumentó en su defensa el arquitecto Rafael de la Hoz Castanys, hijo del autor de la pieza de madera colocada en 1972 para filtrar la luz procedente del Patio de los Naranjos. La celosía fue retirada por orden del Cabildo, tras autorización de la consejera Rosa Aguilar, para facilitar la entrada de las cofradías de Semana Santa en el interior del monumento nacional.

La plataforma sentencia que "la dura sentencia del TSJA" reprochó al Gobierno andaluz su incumplimiento del “deber de tutela del patrimonio histórico”, tal como le obligan sus responsabilidades competenciales en la materia. Y le recuerda que la celosía es un elemento plenamente protegido por la declaración universal de 1984 en igualdad de condiciones que cualquier otra aportación histórica del milenario edificio.

En su carta, la Plataforma menciona "el expeditivo dictamen que Icomos España ya emitió en octubre de 2015 desaconsejando la supresión de la celosía". En aquel escrito, la organización asesora de la Unesco aseguró que eliminarla era “mutilar parte de la Mezquita de Córdoba” y representaba una “grave agresión al valor patrimonial” del monumento universal. "Tanto la Consejería de Cultura como el Cabildo Catedralicio ignoraron la contundencia del dictamen de Icomos España y buscaron un contrainforme en un viaje relámpago a París, sede internacional de la Unesco", puntualiza.

Basándose en estos hechos, la Plataforma pide a Icomos que exija formalmente la restitución de la celosía “en el lugar que estaba antes de la intervención, en cumplimiento de la sentencia del TSJA, confirmada por el Tribunal Supremo, y en atención a los valores patrimoniales defendidos por la Unesco”.

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