El Juzgado Mercantil de Córdoba perdona 23.340 euros de deuda a un vecino y le permite vivir en su casa sin pagar hipoteca
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El Juzgado Mercantil de Córdoba ha perdonado 23.340 euros de deuda a un vecino de la capital y le permite vivir en su casa sin pagar hipoteca. Gracias al proceso concursal este ex-deudor, que debía más de 20.000 euros, puede volver a empezar de cero financieramente.
Así, se le ha reconocido el derecho a seguir usando su vivienda mientras se resuelve el procedimiento de ejecución hipotecaria que ha iniciado el banco acreedor, el cual podría durar más de un año, según ha informado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.
El proceso, resuelto este mes de marzo, ha sido llevado íntegramente por la asociación y ha durado menos de un año. El vecino, asegura la entidad, "contaba una buena situación económica pero sufrió una drástica reducción de ingresos a causa de un problema en la columna, del cual se tuvo que operar, y le impide a día de hoy trabajar".
Tras este revés producido por la enfermedad, este cordobés pidió una serie de préstamos para hacer frente a los gastos de la vivienda. Debido a no poder incrementar sus ingresos y a que su pareja no podía ayudarlo a pagar sus préstamos, se vieron obligados a dejar de pagarlos.
Ante el miedo de quedar sin casa y con deuda, decidió solicitar información sobre cómo protegerse de los bancos y conseguir la condonación de sus deudas. Tras ser asesorados por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, los abogados de esta entidad sin ánimo de lucro le aconsejaron declararse insolventes y acogerse al proceso de Ley de Segunda Oportunidad.
Solo con iniciar el trámite obtuvo un beneficio inmediato: paralizar cualquier embargo judicial y volver a usar cuentas bancarias a su nombre. Esto proporcionó un gran respiro para el deudor al dejar sin efectos posibles reclamaciones de deuda o embargos. Hecho esto, se presentó la demanda de concurso de acreedores y se procedió a pedir la exoneración de las deudas tras un concurso de acreedores sin masa.
Pepe Domínguez, abogado de la Asociación en Córdoba, ha explicado que con la nueva reforma de la ley en septiembre existe una peculiaridad para este tipo de concursos de acreedores y que beneficia a aquellos que viven en casas hipotecadas y no pueden pagar dicha hipoteca.
“Si el deudor solo tiene como bien su vivienda habitual y no puede pagar lo hipoteca sobre ella, antes tenía que liquidarla en concurso de acreedores. Ahora, como ha sido el caso, tenemos la opción de pedir inmediatamente la exoneración de todos los créditos no hipotecarios y esperar a que la ejecución de la hipoteca se materialice más adelante. Así, el interesado puede vivir algunos meses más sin tener que afrontar gasto por alquiler con lo que puede ahorrar para empezar de cero con una mejor posición económica”, ha señalado.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso no ha tenido dudas y ha perdonado a este cordobés el pago de todos sus créditos de forma definitiva.
Esta resolución dictada por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Córdoba el pasado 8 de marzo concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este asociado libre de pagar 23.340,80 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.
Con esta sentencia, ya son 46 las conseguidas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que va de año, lo que muestra la buena aplicación de este proceso por parte de los juzgados en todo el país. Todas las sentencias de la entidad son de libre acceso en www.liberatusdeudas.es.
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