Córdoba

La Fiscalía descarta recurrir la sentencia que absuelve de prevaricación al alcalde de Espejo

  • Martín-Caro dice que el fiscal encargado del caso "quedó convencido" con la resolución

La Fiscalía Provincial de Córdoba no recurrirá la sentencia que absuelve de un presunto delito de prevaricación al alcalde de Espejo, Francisco Medina, de IU. El responsable del Ministerio Público en Córdoba, José Antonio Martín-Caro, explicó que el fiscal encargado del caso "quedó convencido" con la sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal número 1. En cambio, en su escrito provisional de acusación, el fiscal solicitaba ocho años de inhabilitación para el edil por una contratación supuestamente irregular. La sentencia se hizo pública el pasado 11 de diciembre, algo más de un meses después de que el regidor se sentara en el banquillo de los acusados para defender su inocencia. Martín-Caro también recordó que la acusación particular se retiró del procedimiento una vez iniciada la instrucción.

Los hechos por los que el primer edil fue a juicio se remontan a marzo de 2006, cuando el encartado convocó un proceso selectivo para la contratación de un dinamizador para un centro de acceso público a internet. A la convocatoria se presentaron dos aspirantes que, finalizado el proceso, obtuvieron una puntuación de 12.024 y 11.861 puntos. El tribunal seleccionó para el puesto a la aspirante con mayor puntuación, pero cuando llegó el momento de formalizar la contratación de la ganadora, el edil decidió contratar a las dos aspirantes.

El Ministerio Fiscal interpretaba que el acusado "actuó arbitrariamente" y "no respetó los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad". La sentencia, finalmente, da la razón al primer edil, debido a que no hubo dolo. "Consultó con la Diputación, con su equipo de gobierno y con el secretario del Ayuntamiento, y no consta que ninguno le censurara", argumentó la resolución.

"La decisión de contratar es de la Alcaldía, pero en esta ocasión participó todo el equipo de gobierno", expuso Medina durante la vista oral, quien decidió finalmente reunir a las dos candidatas para explicarles cuál era la decisión. "Una estaba dolida por no haber sido elegida y la otra dijo que se le había perjudicado", reconoció. Medina argumentó que, con las dos contrataciones, pretendía "mejorar el servicio y que el centro estuviera más horas abierto", pero durante el juicio se comprobó que el servicio sólo se prestó durante siete horas al día, lo previsto para una sola candidata.

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