Embargan bienes a los acusados del caso Fundación Guadalquivir al no abonar la fianza
Tribunales
Se enfrentan, cada uno, a penas de casi diez años de cárcel
El Juzgado de Instrucción número 8 de Córdoba ha decretado el embargo de diversos bienes inmuebles propiedad de Ángeles Muñoz y de José Antonio González, acusados en el llamado caso de las mordidas de la Fundación Guadalquivirmordidas junto a Cristian Menacho, por no haber "satisfecho en el plazo indicado" por el mismo juzgado el pasado octubre la fianza que les impuso, de más de 800.000 euros, al decretar la apertura de juicio oral.
Así se recoge, en un reciente auto de dicho juzgado, al que ha accedido Europa Press, en el que se recuerda que, "con fecha 12 de octubre de 2019 se dictó auto de apertura de juicio oral en las presentes actuaciones, acordándose en el mismo el requerimiento de pago" de los acusados "para que en el plazo de una audiencia" satisfacieran "las responsabilidades pecuniarias acordadas en el mismo y que ascienden" a más de 800.000 euros, pero que no han abonado en el plazo establecido.
En concreto, el juzgado determinó el pasado octubre que los acusados abonaran una fianza por valor de 807.200 euros, y también se les pidió el abono de 24.172 euros para indemnizar a 13 ex trabajadores, explicando que la fianza debía ser prestada "para asegurar las responsabilidades" en este caso, de manera que en caso de no abonarla se les embargarían bienes "en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".
Eso es lo que ha ocurrido ahora, al decretar el juzgado cordobés el embargo de diversos bienes inmuebles de los acusados, que se enfrentan, cada uno, a penas de casi diez años de cárcel, según las peticiones de la Fiscalía y la Junta de Andalucía, por la supuesta comisión de un delito continuado contra los derechos de los trabajadores y otros dos de fraude de subvenciones o ayudas de las administraciones públicas. Mientras, las acusaciones particulares, ejercidas por Podemos y otras dos personas, solicitan penas superiores.
Se da la circunstancia de que la apertura de juicio oral no se hace contra la Asociación de Vecinos Nuevo Guadalquivir, la Fundación Guadalquivir Futuro, ni la Asociación Jóvenes para el Futuro, dado que "contra las mismas no se acordó seguir la causa como procedimiento abreviado en el auto de procesamiento, auto que no fue recurrido por ninguna de las partes, por lo que devino firme debiéndose estar a lo acordado en el mismo".
Según las acusaciones, las mordidas se hacían, "bien detrayendo parte del salario pagado en metálico, bien forzando un compromiso de donación por transferencia posterior al ingreso de la nómina, también forzado por una amenaza de despido".
El resultado fue que "muchas de las personas contratadas, en situación desempleo de larga duración y necesitadas, pues a ellas se dirigía el programa, no tuvieron otra opción que aceptar las condiciones que se les imponían por los que estaban usando un evidente poder político, que se exhibía mediante invitaciones a actos con destacados líderes políticos y miembros del Gobierno de la Junta", en la etapa anterior a la actual.
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