Córdoba

Condenado a 11 años de cárcel el acusado de matar de una puñalada a un hombre en Las Moreras

  • El hijo del condenado ha sido absuelto

Un momento del juicio.

Un momento del juicio. / El Día

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a una pena de 11 años de cárcel por un delito de homicidio, con la atenuante de confesión, al hombre de unos 48 años acusado de dar una puñalada mortal a otro varón de 59 años en septiembre de 2017 en la plaza Patio La Voz del Pueblo del barrio de Las Moreras de Córdoba, todo ello después de que el jurado lo considerara culpable hace unas semanas.

Según recoge la sentencia, el procesado deberá indemnizar a la mujer del fallecido en la cantidad de 125.000 euros, a una de sus hijas con 75.000 euros y a otros dos hijos con 50.000 euros a cada uno de ellos. También, de acuerdo con el veredicto del jurado, el magistrado ha absuelto al hijo del acusado del delito de asesinato o, alternativamente, de homicidio que se le imputaban, en concepto de cómplice.

En concreto, se da por probado, de acuerdo con el citado veredicto, que el procesado se dirigió a la citada plaza sobre las 17:15 del día 2 de septiembre de 2017, "con la intención de acabar con la vida" del hombre, "portando un cuchillo o un arma blanca de similares características y de grandes dimensiones".

De este modo, han detallado que se dirigió hacía él y, "de forma súbita e inesperada, le asestó una cuchillada que le produjo una herida de entre ocho a diez centímetros" en el corazón, que "le produjo un shock hemorrágico" que le causó minutos más tarde la muerte.

Entretanto, han expuesto que con anterioridad, unas dos horas antes, "se había producido un altercado" entre ambos, en el que el acusado había resultado lesionado por una agresión del contrario y, a pesar de ello, "conociendo que el acusado podría volver con continuidad del incidente y con posibilidad de un nuevo ataque y altercado", el fallecido "permaneció en el lugar".

Asimismo, han manifestado que la adicción a estupefacientes del procesado "no tuvo ninguna influencia en la realización de los hechos descritos", al tiempo que han señalado que el acusado se entregó a las autoridades "antes de su detención y concreta imputación policial, facilitando la investigación del delito de forma trascendente y con un implícito reconocimiento de hechos", como atenuante.

Por otra parte, sobre el hijo, se ha detallado que "había acudido al lugar, tras una llamada que le informaba de que su padre se encontraba envuelto en una pelea, llegando al mismo cuando ya se había producido el apuñalamiento".

El jurado, que no se ha mostrado favorable a la concesión del indulto, ha apuntado a las declaraciones de testigos y los informes periciales, al tiempo que ha advertido de "contradicciones" en los testimonios del acusado y familiares de la víctima y ha destacado la disposición del procesado al entregarse y reconocer la autoría. 

No se pone en duda la causa

Mientras, el magistrado ha expuesto que "una parte de los hechos declarados como probados ni siquiera han sido discutidos, no ya es que pocas dudas hayan suscitado al jurado, sino que las partes no han discutido y han aceptado la muerte violenta" del hombre a manos del acusado y "no ponen en duda la causa de la misma en un ataque con una arma blanca u objeto similar que le produjo la muerta de manera casi instantánea al afectarle directamente al corazón".

Igualmente, el presidente del tribunal ha explicado que "para el jurado existía una clara situación de contienda", siendo "absolutamente ilógico" que el varón fallecido "permaneciera en el lugar de los hechos tras un primer incidente" horas antes, "quedándose en el patio a pesar de ello", al tiempo que ha manifestado que "queda descartada la alevosía".

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