caso de los ERE - la ejecución de la sentencia

El último intento de Griñán para evitar la cárcel

José Antonio Griñán durante el juicio. José Antonio Griñán durante el juicio.

José Antonio Griñán durante el juicio. / EFE

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

La Audiencia de Sevilla ha decidido ya que el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán y otros siete ex altos cargos tienen que ingresar en prisión de manera inmediata y ha fijado para ello un plazo de diez días, siguiendo la costumbre de la Sala, una vez que la resolución dictada sea firme. La defensa de Griñán ha presentado, no obstante, un recurso de súplica ante el mismo tribunal, en el que solicita que se amplíe el plazo a “tres meses”, todo ello para dar tiempo, según el letrado de Griñán, a que el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y el propio Gobierno puedan dar respuesta a toda la batería de peticiones desplegadas para evitar el encarcelamiento, como son el incidente de nulidad, el recurso de amparo que se ha anunciado y el indulto parcial para reducir la condena de seis a dos años de prisión que ya está presentado ante el Ministerio de Justicia.

La prórroga que ha pedido Griñán es el último intento para tratar de evitar su inminente encarcelamiento, algo que cada día parece más inevitable, aunque la última palabra corresponde a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, el tribunal que juzgó la denominada “pieza política” de los ERE y que ahora está encargada de la ejecución de la sentencia, después de que el Tribunal Supremo confirmara la condena a penas de cárcel a nueve ex altos cargos de la Junta por el delito de malversación relacionado con las ayudas de 680 millones de euros concedidas entre los años 2000 y 2009.

¿Y qué hacen los jueces en estas situaciones? 

Los tribunales pueden aplazar la entrega en prisión siempre que haya una “justa causa”, es decir, que se invoquen motivos justificados, que pueden ser personales, médicos, familiares o laborales que no retrasen de manera excesiva el inicio del cumplimiento de la pena, según han confirmado a este periódico expertos en materia de ejecución de sentencias.

Se puede aplazar la prisión por “causas justas” médicas, familiares o laborales

Algunos ejemplos que pueden ilustrar los motivos más frecuentes para retrasar un ingreso en un centro penitenciario. Sucede así cuando el condenado tiene programada una intervención quirúrgica próximamente y solicita al juez el aplazamiento durante el tiempo de la hospitalización –unos 15 o 20 días– y se fija el ingreso voluntario en prisión con posterioridad, algo que evita en ese caso que una vez dentro de prisión tenga que ser excarcelado y trasladado al hospital para someterse a la operación, siempre custodiado por la Policía.

Otro ejemplo sería el de un condenado que está trabajando y la fecha de finalización de su contrato está próxima, por lo que pide al tribunal un permiso para concluir el contrato e ingresar una vez finalizado. Incluso se han concedido aplazamientos para que el penado pase las Navidades con su familia y comience a cumplir después de estas fechas, según ha podido saber este periódico. 

En estos casos, los tribunales suelen acceder a demorar el encarcelamiento porque, entre otras cosas, si el reo tuviera intención de fugarse no estaría pidiendo permiso al juez para prorrogar el ingreso. A veces esas causas justas pueden adoptarse por motivos de “prudencia” ante, por ejemplo, una posible reforma penal. El abogado de Griñán, José María Calero, ha pedido precisamente “un plazo prudencial” a la Sala de tres meses mientras se tramitan el indulto parcial y se resuelve el incidente de nulidad, en el que ha reclamado igualmente al Supremo que paralice la ejecución del fallo.

En el caso del ex presidente y de los otros ex altos cargos condenados a penas de cárcel –no debe olvidarse que la suerte del primero arrastrará a los demás– la repercusión mediática de los ERE puede perjudicarlos. No es lo mismo que un juez permita que un condenado anónimo entre en prisión varias semanas después a que sean los ex altos cargos de la Junta, porque la decisión va a tener una amplia difusión pública.

Los argumentos de la Fiscalía y el tribunal son impecables, pero lo que pide Griñán tampoco es descabellado. No pide no entrar, sino que se retrase tres meses.

La Fiscalía Anticorrupción recordó al oponerse a la suspensión de la pena que están condenados por “corrupción política” y la propia Audiencia se refirió a la “alarma social” que producen este tipo de delitos cometidos por las personas que tenían encomendadas la gestión de los fondos públicos, lo que exige el “cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes”.

Los argumentos del Ministerio Público y de la juez son impecables, pero es cierto que la defensa, una vez que el tribunal decisión continuar con la ejecución de la sentencia, sólo está planteando un aplazamiento por un tiempo prudencial, que estima en tres meses, algo que tampoco resulta descabellado. No pide no entrar, sino que se retrase tres meses.

Si finalmente el tribunal accede a ese aplazamiento, algo que a estas alturas no es nada seguro que vaya a acordarse, podría suceder que mientras tanto el Gobierno aprobase la reforma del delito de malversación que negocia con ERC y que incluso podría beneficiar a Griñán si se contempla distinguir los supuestos en los que no hay enriquecimiento personal, tal y como dijo esta semana la ministra de Defensa, Margarita Robles, que es juez de profesión.

La decisión de la Audiencia se conocerá en unos días.

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