Rafael Velasco, exvicesecretario general del PSOE-A, procesado por presuntas irregularidades en los cursos de formación

Se sienta en el banquillo junto al exconsejero Antonio Fernández y otros siete investigados

El juez procesa al ex vicesecretario general del PSOE-A Rafael Velasco por los cursos de formación

Rafael Velasco, en una imagen de archivo.
Rafael Velasco, en una imagen de archivo. / M.G.

El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado el procesamiento de Rafael Velasco, exvicesecretario general del PSOE-A, junto a otras ocho personas en el marco de la investigación iniciada en 2016 sobre cuatro ayudas de formación concedidas a la empresa Aulacén Cinco. Entre los procesados figuran el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, tres exdirectores generales de Formación y varios familiares del exdirigente socialista. El auto judicial, de 115 folios, pone fin a la instrucción de esta pieza de la macrocausa de los cursos de formación y considera que los hechos investigados son constitutivos de delitos de prevaricación, falsedad documental y malversación de caudales públicos.

Además de Velasco y Fernández, también han sido procesados los exdirectores generales de Formación María José Lara González, Manuel Brenes Rivas y Manuel Jesús García Martín. Igualmente se sentarán en el banquillo Antonia M. L., esposa de Rafael Velasco y representante legal de Aulacén 5; sus hermanas Rafaela e Inmaculada, que aparecen como evaluadora y docente respectivamente en los cursos subvencionados; Pedro Velasco, hermano del exdirigente socialista que figura como docente; y Alonso S. F., técnico de la Consejería de Empleo que actuaba en representación del Servicio de Gestión y Programación de la Formación Profesional Ocupacional del Servicio Andaluz de Empleo (SAE).

La investigación se centra en cuatro subvenciones otorgadas entre 2006 y 2009 por la Dirección General de Formación a la empresa Aulacén Cinco, por importes de 82.593 euros, 41.296,5 euros, 41.296,5 euros y 28.752,30 euros, respectivamente. Según determina el instructor, la empresa habría sido beneficiaria "injustamente de una continuada disposición de fondos públicos procedentes de la Junta de Andalucía" que asciende a 193.938,30 euros en total, otorgados "al margen de la legalidad vigente, prescindiendo absolutamente del procedimiento legalmente establecido".

Irregularidades en la constitución y acreditación de Aulacén Cinco

El auto judicial revela que Aulacén Cinco se constituyó apenas tres días antes de la finalización del plazo de solicitud de la subvención para los programas de Formación Profesional Ocupacional del año 2006. La solicitud para participar en dichos programas fue entregada en el registro de la Delegación Provincial del SAE de Córdoba el 15 de diciembre de 2005, precisamente el último día del plazo de presentación, y sin que la empresa tuviera la condición de "Centro Colaborador", que le fue concedida posteriormente mediante resolución de 28 de marzo de 2006.

Según el magistrado, la empresa "carecería de personalidad jurídica efectiva" para asumir las obligaciones derivadas de las subvenciones concedidas y de su inhabilidad para participar en las actividades formativas. La solicitud presentada y su elección como entidad beneficiaria "se habrían deducido y obtenido con omisión patente de los trámites esenciales" establecidos en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía.

El instructor destaca que no se llevó a cabo evaluación alguna de las solicitudes presentadas, conforme al artículo 5 de la Orden de 12 de diciembre de 2000, modificada por la Orden de 9 de noviembre de 2005, y tampoco se emitió el correspondiente informe del órgano colegiado al que se refiere la Ley 38/2003. Asimismo, "no se acredita la aplicación del procedimiento de concurrencia competitiva y no consta documento que relacione las solicitudes presentadas ni la baremación" para obtener la lista de candidatos de alumnos aceptados, reservas y excluidos.

Omisión del procedimiento de concurrencia competitiva

El juez Vilaplana concluye que la inscripción de Aulacén Cinco como centro de formación acreditado se realizó mediante solicitud de cesión de Antonia M. L., la cual "presenta importantes irregularidades de las que se deduce" que la empresa no reunía los requisitos establecidos en la Orden de 25 de julio de 2000, que regula el procedimiento de autorización administrativa para la actividad como Centro Colaborador de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía, lo que "habría de determinar la improcedencia de dicha inscripción".

Estas subvenciones habrían sido concedidas "sin observancia del preceptivo aplicable procedimiento de concurrencia competitiva, en legal forma", según afirma el auto. No existe documentación justificativa o relativa a las solicitudes presentadas por otras entidades interesadas en recibir cada una de las ayudas; por consiguiente, para el otorgamiento de estas ayudas "se habría prescindido del procedimiento legalmente establecido", en claro perjuicio de la generalidad de empresas del mismo sector de actividad y de los desempleados, privándoles de concurrir a su concesión acreditando las condiciones y requisitos necesarios.

Prácticas formativas nunca realizadas

La investigación desarrollada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha revelado que, pese a que en todos los expedientes se incluía la mención sobre la realización de prácticas y otras gestiones encaminadas a la inserción laboral durante la formación subvencionada, "la realidad es que no se llegaron a hacer ni las prácticas, ni otras gestiones" encaminadas a la inserción laboral, como entrevistas y reuniones con diferentes empresas.

El magistrado señala que entre la documentación recabada relacionada con los expedientes, no se ha encontrado ninguna que hiciese mención a la realización de las citadas prácticas. Este hecho constituye otro de los elementos que fundamentan los delitos de prevaricación, falsedad documental y malversación de caudales públicos por los que han sido procesados los nueve investigados.

Vinculación directa de Rafael Velasco con las subvenciones

En relación con la vinculación que Rafael Velasco pudiera haber tenido con Aulacén Cinco y con los procesos de solicitud, concesión, tramitación y justificación de las subvenciones, el auto judicial destaca que, más allá de su parentesco como cónyuge con la administradora de la entidad beneficiaria y como hermano de uno de los docentes, "habría recogido personalmente, en nombre de Aulacén Cinco", la propuesta de programación del Curso de Formador Ocupacional en los expedientes número 98/2006/J/0322 y número 98/2007/J/0373, tal y como ha quedado constancia en la documentación obrante en autos.

El juez concluye que en relación a estos expedientes de subvención "se habría incumplido la disciplina de concesión, control, pago y justificación de tales subvenciones dirigidas a la Formación para el Empleo"; ello así, gracias al "natural concurso de los beneficiarios, Rafael Velasco y Antonia M. L., con los responsables del correspondiente órgano gestor de la subvención", en este caso, del Servicio Andaluz de Empleo.

Qué es la macrocausa de los cursos de formación en Andalucía

La macrocausa de los cursos de formación constituye una de las investigaciones judiciales más relevantes sobre presuntas irregularidades en la gestión de fondos públicos en Andalucía. Este caso se inició tras detectarse posibles irregularidades en la concesión de subvenciones destinadas a la Formación Profesional Ocupacional por parte del Servicio Andaluz de Empleo durante los gobiernos socialistas en la comunidad autónoma. La investigación abarca múltiples piezas separadas que afectan a diversas empresas y entidades que habrían recibido ayudas de manera irregular.

El objeto del procedimiento estaría constituido por la "presunta ilicitud del proceso de concesión, gestión, justificación y liquidación de subvenciones destinadas a Formación para el Empleo concedidas por el SAE", según recoge el auto judicial. Las investigaciones se han centrado en determinar si estas ayudas se otorgaron prescindiendo de los procedimientos legalmente establecidos, con desprecio de las normas de procedimiento en la gestión de fondos públicos y con incumplimiento de la disciplina de concesión, control, pago y justificación de subvenciones.

Cómo funciona el procedimiento de concesión de subvenciones de formación

El procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la Formación Profesional Ocupacional en Andalucía está regulado por normativa específica que establece diversos requisitos y trámites obligatorios para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades entre los solicitantes. El sistema de concurrencia competitiva exige que todas las solicitudes presentadas sean evaluadas conforme a criterios objetivos y baremos establecidos previamente.

Las entidades que solicitan estas ayudas deben acreditar su condición de Centro Colaborador autorizado y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente. El proceso incluye la presentación de solicitudes en plazo, la evaluación por parte de órganos colegiados, la emisión de informes técnicos, la baremación de las propuestas y la publicación de las resoluciones de concesión. Además, las empresas beneficiarias deben justificar posteriormente el uso de los fondos recibidos mediante documentación que acredite la realización efectiva de las actividades formativas subvencionadas.

Qué delitos se imputan a los procesados

El auto judicial considera que los hechos investigados son constitutivos de tres tipos de delitos. En primer lugar, la prevaricación administrativa, que consiste en dictar resoluciones arbitrarias a sabiendas de su injusticia por parte de autoridades o funcionarios públicos. En segundo lugar, la falsedad documental, que se habría producido al incluir información no veraz en los expedientes de solicitud y justificación de las subvenciones, especialmente en lo relativo a la realización de prácticas formativas que nunca se llevaron a cabo.

Por último, se les imputa el delito de malversación de caudales públicos, que supone la apropiación o el uso indebido de fondos públicos por parte de autoridades o funcionarios. En este caso, la malversación se habría producido al desviar 193.938,30 euros de fondos destinados a la formación de desempleados hacia una empresa que no cumplía los requisitos legales y que no ejecutó adecuadamente los cursos subvencionados, todo ello con el conocimiento y la participación activa de los responsables del órgano gestor de las ayudas.

Quiénes son los procesados en esta pieza de la macrocausa

Entre los nueve procesados se encuentran destacados cargos del PSOE andaluz y altos responsables de la administración autonómica durante los gobiernos socialistas. Rafael Velasco fue vicesecretario general del PSOE-A y una figura influyente en el partido durante años. Antonio Fernández ocupó el cargo de consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, responsable máximo del departamento que gestionaba las subvenciones investigadas.

Los tres exdirectores generales de Formación procesados -María José Lara González, Manuel Brenes Rivas y Manuel Jesús García Martín- ocuparon puestos de responsabilidad en la gestión directa de estas ayudas. El resto de los procesados son familiares directos de Rafael Velasco que aparecen vinculados a la empresa Aulacén Cinco como administradora, docentes o evaluadores, así como un técnico de la Consejería de Empleo que habría actuado facilitando la tramitación irregular de las subvenciones desde dentro de la administración.

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