La SGAE graba otra boda pese a estar multada con 60.000 euros

Contrató a un detective para averiguar si un salón de celebraciones no pagaba el canon musical · Protección de Datos considera que "se viola la intimidad"

D. J. G.

08 de diciembre 2008 - 05:03

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha vuelto a ser denunciada por la Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores (Consudato) por haber grabado la celebración de una boda, en el salón El Vizir, en Espartinas, al que la SGAE demandó judicialmente por no pagar el canon musical.

Esta práctica, que se lleva a cabo a través de un detective, ya fue sancionada con una multa de 60.101 euros por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) al considerar que es "una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen". La multa ha sido recurrida por la SGAE ante la Audiencia Nacional, sin que por ahora exista una resolución.

Según los denunciantes, en esta ocasión la persona que grabó la celebración no era un detective profesional, sino el familiar de uno de los contrayentes, que mantiene relación laboral con la SGAE.

El abogado defensor de los denunciantes, Joaquín Moeckel, considera que la postura de la SGAE "es una locura, ya que insiste en la misma práctica que le ha merecido un expediente sancionador". La AEPD, en una resolución anterior, consideró que este sistema para evitar el fraude en el pagon del canon musical es una infracción "muy grave", pues graba un acto privado como es un banquete de bodas, sin la "autorización inequívoca" de los interesados, como exige la ley.

La SGAE, en el contexto de su política para cobrar derechos de autor, contrató a un detective, que se coló en una boda en el restaurante La Doma, de San Juan de Aznalfarache, y grabó a los invitados bailando al ritmo de canciones protegidas.

El salón de bodas fue condenado a pagar 43.179 euros de canon musical en base a otras pruebas periféricas, ya que la sentencia del juzgado de lo Mercantil sevillano declaró nulo el vídeo porque constituía "una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen", al ser la boda un "acto privado y reservado", y más aún cuando la grabación se ejecutó "a escondidas, cuando la celebración estaba ya avanzada". Al conocer la sentencia, Consudato denunció los hechos a la AEPD, que sancionó a la SGAE con una multa de 60.101 euros.

La resolución establece, además, que la actuación del detective que se infiltró en la celebración vulneró la Ley de Seguridad Privada, que prohíbe a esos profesionales usar en sus investigaciones "medios técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen".

En su defensa, la SGAE alegó que se limitó a contratar al detective sin decidir sobre los medios que debía utilizar para conseguir pruebas, y que la filmación no pretendía generar un fichero de datos personales, que es el aspecto protegido por la ley. Una tesis que choca con el nuevo caso denunciado en el salón El Vizir.

El letrado Joaquín Moeckel critica la gestión de los derechos de autor que lleva a cabo la SGAE, ya que en su opinión, "cada vez que recauda 40.000 euros a través de las grabaciones luego tiene que devolver 60.000 por multas, con lo que hay un déficit de 20.000 euros, una total ineficacia".

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